Este trámite permite solicitar ayudas municipales para la organización de eventos, ferias, publicaciones, exposiciones y conferencias de divulgación sobre diseño, que estén alineados con los valores de la Red de Ciudades Creativas de la UNESCO.
Los proyectos subvencionados deberán desarrollarse en el municipio de València, desde el 1 de septiembre de 2025 al 30 de septiembre de 2026 y contribuir a la proyección de la ciudad como un referente en el campo del diseño.
Para más información, consultar la convocatoria completa en el apartado Información complementaria de este trámite.
Pueden solicitar estas subvenciones:
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Personas físicas o jurídicas, con ánimo de lucro, relacionadas con el sector del diseño y la creatividad.
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Asociaciones o entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia.
No pueden solicitar la subvención:
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Administraciones públicas y sus organismos dependientes.
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Empresas públicas u otros entes públicos.
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Agrupaciones sin personalidad jurídica (comunidades de bienes, uniones temporales, etc.).
Para poder ser beneficiaria, la persona o entidad solicitante debe cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
- No estar incursa en ninguna de las prohibiciones que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (artículos 13.2 y 3.), para obtener la condición de beneficiaria.
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Estar legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente en la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
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Que la actividad del proyecto esté incluida en su objeto o fines sociales.
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No tener pendientes de justificar subvenciones del Ayuntamiento de València o de sus organismos públicos, ni deudas por reintegro
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Tener domicilio social y fiscal en el municipio de València.
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Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de València, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). La interesada podrá autorizar expresamente a este Ayuntamiento, en el formulario de solicitud, la comprobación telemática de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la AEAT y la TGSS. Si optara por no otorgar la autorización, estará obligada a aportar los correspondientes certificados que tendrán una validez de seis meses desde su emisión, y que deberán de nuevo aportarse si caducasen con anterioridad a la concesión o momento de reconocimiento de la obligación.
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No constar inhabilitada para ser persona beneficiaria de subvenciones en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) durante el período de inhabilitación
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Disponer de certificado digital para la tramitación electrónica.
El plazo para presentar la solicitud es de 20 días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
PUBLICACIÓN BOP: Jueves 12 de febrero de 2026 Boletín Nº 29
Plazo de solicitud: del día 13/02/2026 hasta el 04/03/2026 ambos inclusive.- Presentación en esta sede electrónica: Se completará el formulario después de pulsar el botón Iniciar trámite y se adjuntará la documentación que se indica. La presentación finalizará con la firma electrónica de la solicitud.
- Memoria descriptiva de la actividad:
con el contenido que se especifica en las Bases de la convocatoria.
- Documento que acredite tener el domicilio social y fiscal en València
- Alta en el Régimen General de la Seguridad Social o en el RETA
- Personas jurídicas o asociaciones o entidades sin ánimo de lucro:
- Escritura de Constitución, Estatutos y acta fundacional de la entidad solicitante, en su caso
- Modelo 036 o 037
- Certificación del acuerdo adoptado por el órgano de gobierno que corresponda:
aprobando solicitar esta ayuda y facultando a la persona solicitante para suscribir la solicitud.
- Certificado inscripción en el Registro de Asociaciones Nacional o Autonómico:
en la fecha de la publicación de la convocatoria de ayudas en el BOP, en el caso de asociaciones o entidades sin ánimo de lucro.
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Puede presentar la solicitud de forma telemática pulsando el botón Iniciar trámite, situado al inicio de esta página.
Para ello, deberá identificarse y firmar electrónicamente conforme a los sistemas de firma admitidos en la Sede Electrónica.
Según el caso, tenga en cuenta lo siguiente:
- Si presenta la solicitud en nombre de una persona jurídica y dispone de certificado digital de representante, deberá seleccionar la opción “Soy la persona interesada”.
- Si presenta la solicitud en nombre de una persona física, o en nombre de una persona jurídica sin certificado de representante, deberá seleccionar la opción “Soy representante mediante la presentación de apoderamiento” y adjuntar la documentación que acredite la representación.
Pasos a seguir:
- Rellene el formulario y adjunte la documentación requerida.
En el apartado “Documentación adicional” puede incorporar todos los archivos que necesite. - Revise los datos, firme y presente la solicitud.
Una vez presentada, podrá consultar y descargar una copia de la solicitud en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede Electrónica, así como aportar documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.
- 👉 Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 30/01/2026, por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a Acontecimientos de Diseño en la ciudad de València 2026
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- SERVICIO DE ACCIÓN CULTURALPlaza del Ayuntamiento, 1 - 2ª planta. 46002 ValènciaTel.: 96 208 1200De 8.30 a 14.00, de lunes a viernessacultural@valencia.es