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Ayudas a residencias de creación artística
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
CU.AY.100
Descripción

AYUDAS A RESIDENCIAS DE CREACIÓN ARTÍSTICA 2024

Convocatoria por procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones para Residencias de Creación, entendidas éstas como un espacio donde poder desarrollar procesos creativos de carácter escénico, procesos teóricos que no necesiten presencia física de un artista y público para llevarse a cabo, procesos de escritura o de investigación teórica así como de componente audiovisual. Tendrán lugar en el Teatro El Musical, en la Sala Mutant y/o en otras salas concertadas de la ciudad.

ENLACE A BASES DE LA CONVOCATORIA.




¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona física o jurídica en quien concurra las circunstancias previstas en las Bases y cumpla los requisitos.

Requisitos

a) No estar incursa en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de personas beneficiarias que establece el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS). La acreditación de no incurrir en las prohibiciones para ser persona beneficiaria que se establecen en dichos artículos, se realizará mediante Declaración Responsable.

b) Caso de solicitarse la subvención por persona jurídica se requiere que la actividad tenga cabida en el objeto o fines sociales de la misma.

c) No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de València o sus organismos públicos en el momento de tener la condición de persona beneficiaria ni ser deudor por reintegro. La apreciación de esta prohibición se realizará de forma automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.

d) Tener la sede social en el término municipal de la ciudad de València y en caso de persona física, estar empadronada en el municipio de València al menos con 6 meses de antelación a la presentación de la solicitud.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de València, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) impuestas por las disposiciones vigentes.

Los requisitos de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de las obligaciones por reintegro de subvenciones deberán concurrir no sólo al momento de la concesión, sino también al de la justificación de la subvención recibida.

Se considerará que la entidad solicitante está al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento cuando hubiera presentado las declaraciones y autoliquidaciones correspondientes a los tributos locales y no mantenga deudas o sanciones tributarias con aquél en período ejecutivo, salvo que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida. En los casos en que sea necesario acreditar dicha situación, el órgano instructor recabará directamente informe a la Tesorería Municipal.

En todo caso, la presentación de solicitudes por parte de la persona beneficiaria conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, según disponen el art. 10.12 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus Organismos Públicos (en adelante OGSAV) y 23.3 de la LGS. Estos certificados tendrán una validez de seis meses desde su expedición o emisión, y si caducaran antes de la concesión o del cobro total o parcial de la subvención serán recabados de nuevo.

En el caso de que la persona solicitante deniegue expresamente el consentimiento, deberá aportar la certificación en los términos previstos en el apartado anterior.

En los supuestos en los que, por cualquier circunstancia, algún certificado no tuviera resultado positivo, se requerirá a la persona solicitante para que lo aporte, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su solicitud, procediéndose en consecuencia a su archivo con los efectos previstos en el art. 21 de la Ley 39/2015, de PACAP.

No obstante, cuando la persona beneficiaria no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren la presente obligación, su cumplimiento se acreditará mediante declaración responsable de esta circunstancia, tal y como prevé el artículo 22.1 del Reglamento de la LGS.

f) En ningún caso podrá acceder a la condición de beneficiaria la entidad o persona que conste inhabilitada para ello en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) durante el período de inhabilitación.

Cuándo solicitarlo

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Publicación BOP: Miércoles 21 de febrero de 2024 - Boletín Nº 37


Plazo de solicitud: del día 22/02/2024 hasta el 12/03/2024 ambos inclusive.
Documentación a presentar

  • La solicitud (incluido anexo 1 de declaración responsable) se presentará mediante instancia electrónica. Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica. Las personas físicas que realicen el trámite de solicitud presencialmente, aportarán la solicitud del apartado "Impresos" -incluido el anexo 1. Declaración responsable- junto con el Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad (cuando no sea española, pasaporte o tarjeta de residencia) y el resto de documentación, abajo detallada, que corresponda.


Para las entidades que, habiendo concurrido a la convocatoria anterior, hubieran ya aportado modelo 036 o 037, escritura de constitución, estatutos y acta fundacional de la entidad solicitante y no hubieran llevado a cabo modificación estatutaria alguna sobre la versión aportada, bastará con la presentación de una declaración responsable en la que se especifique esta circunstancia.


Documentación para todos los casos:
  • Descripción pormenorizada del proyecto:

    Que deberá recoger la siguiente información:

    - Memoria que acredite la estructura y medios disponibles (materiales, técnicos y humanos) para llevar a cabo el proyecto.

    - Memoria que describa la actividad a desarrollar y para la cual se solicita la subvención, que habrá de estar cuantificada y presupuestada, donde se especificarán, como mínimo, los aspectos siguientes:

    - Nombre del proyecto.

    - Objetivos.

    - Descripción del proyecto, teniendo en cuenta para la misma los criterios de valoración señalados en el apartado 10.

    - Presupuesto total y desglosado de la actividad o actividades a subvencionar y forma de financiación, con indicación expresa si las actividades a realizar son objeto de subvención por otra entidad pública o privada.


Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Personas físicas:
    • En caso de no autorizar expresamente, certificado al corriente con Hacienda (AEAT)
    • En caso de no autorizar expresamente, certificado al corriente con S. Social (TGSS)
  • Personas jurídicas:
    • Modelo 036 o 037
    • Escritura de Constitución o Estatutos o Acta fundacional de la persona solicitante
    • Alta en el Régimen General de la Seguridad Social o RETA de representante legal
    • Certificación del acuerdo adoptado por el órgano de gobierno que corresponda:

      Aprobando solicitar esta ayuda y facultando a la persona solicitante para suscribir la solicitud.

    • En caso de no autorizar expresamente, certificado al corriente con Hacienda (AEAT)
    • En caso de no autorizar expresamente, certificado al corriente con S. Social (TGSS)
Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Art. 24.1 Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas en relación con el artículo 25.5 de la Ley 38/2003 de 17 de nov. General de Subvenciones.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
Hasta 6 meses.
Artículo 25.4 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona física o, realizándose en nombre de una persona jurídica, NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

Servicio de Acción Cultural

96 352 54 78

Legislación

Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 09/02/2024, por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a residencias de creación artística en el municipio de València 2024


La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus Organismos Públicos, cuyo texto se encuentra publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de 2 de noviembre de 2016, que actuará como Bases Generales.

Asimismo, en lo no previsto en las presentes Bases se aplicará, siempre que sea procedente, el régimen previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, las disposiciones generales de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal del ejercicio correspondiente y el resto de normativa de aplicación y complementaria.

Oficinas de información
  • SERVICIO DE ACCIÓN CULTURALPlaza del Ayuntamiento, 1 - 2ª planta. 46002 ValènciaTel.: 96 208 1200De 8.30 a 14.00, de lunes a viernessacultural@valencia.es
Oficinas para presentar
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: de Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
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