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Certificado de Servicios Sociales para el Ingreso Mínimo Vital
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
BS.TP.60
Descripción

Certificación que ha de cumplimentar Servicios sociales en los casos que la persona solicitante manifieste en su solicitud o se deduzca de ésta por parte de los técnicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que la persona se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 21 apartados 9 y 10 de la Ley 19/2021 y que, por lo tanto, necesita de la emisión de un certificado de Servicios Sociales. No requiere cita prèvia.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas solicitantes de IMV a las cuales les ha hecho el INSS petición de certificado de Servicios Sociales por darse las circunstancias del articulo 21 apartados 9 y 10 de la Ley 19/2021.

Requisitos

Se requerirá un certificado expedido por los servicios sociales competentes cuando fuera necesario indicado expresamente por el INSS con un requerimiento enviado a la persona solicitante para acreditar los siguientes requisitos:

a) Residencia efectiva en España de las personas que a la fecha de la solicitud se encuentren empadronadas en un domicilio ficticio en aplicación de las correspondientes instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.

b) El carácter temporal de la prestación de servicio residencial, de carácter social, sanitario o sociosanitario, de la que sea usuario el solicitante de la prestación de ingreso mínimo vital.

c) El domicilio real de la persona que alegara no vivir en el que consta en el empadronamiento.

d) La inexistencia de los vínculos previstos en el artículo 6.1, cuando en el mismo domicilio, además de los solicitantes del ingreso mínimo vital unidos por dichos vínculos, se encuentren empadronadas otras personas con las que se alegue no tener lazos de parentesco, de consanguinidad o de afinidad, ni haber constituido una pareja de hecho.

e) La inexistencia de los vínculos previstos en el artículo 6.1, entre todos o parte de los convivientes cuando uno de ellos solicitare el ingreso mínimo vital.

f) El cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados 2 y 3 del artículo 10, relativos, respectivamente, a la acreditación de haber vivido de forma independiente en España y a la acreditación de formar parte de una unidad de convivencia durante al menos los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud.

Se requerirá certificado expedido por los servicios sociales competentes para acreditar el riesgo de exclusión social cuando convivan en el mismo domicilio personas entre las que no concurran los vínculos previstos en el artículo 6 para que puedan ser titulares del ingreso mínimo vital aquella o aquellas que se encuentren en riesgo de exclusión.

Cuándo solicitarlo

Se solicitará en el plazo de 10 días hábiles desde que se recibe el requerimiento del INSS.

Documentación a presentar

En todos los casos:

  • Impreso de solicitud que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página, si la solicitud se realiza presencialmente, acompañado de la documentación que se indica.
  • Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.


Documentación para todos los casos:
  • Solicitud Certificado de Servicios sociales para el Ingreso Mínimo Vital:

    Documento disponible en el apartado "Impresos" de esta misma página para descargar, rellenar y adjuntar en este trámite.

  • Justificante solicitud Ingreso Mínimo Vital (IMV)
  • Requerimiento emitido por el INSS pidiendo la emisión de Certificado de Servicios sociales:

    Se presentará fotocopia del requerimiento emitido por el INSS donde se identifiquen los datos de la persona solicitante y la necesidad de emisión del certificado de Servicios sociales con indicación del motivo que hay que justificar.

Actuaciones a realizar por la persona solicitante
  • La persona que desea ser beneficiaria del cobro de la prestación de Ingreso Mínimo Vital (IMV) deberá tramitar la solicitud de ésta ante la entidad responsable que es el INSS. Cuando en el curso de dicha tramitación y una vez ya registrada su solicitud, el INSS precisara de la emisión de un Certificado de Servicios sociales para justificar unas circunstancias especiales, emitirá un requerimiento nominativo a la persona solicitante.
  • Una vez recibido dicho requerimiento, la persona solicitante de IMV realizará solicitud a los Servicios sociales para que se le emita dicho certificado, que le será remitido mediante notificación.
  • En el caso de que en la solicitud del certificado no conste toda la documentación necesaria o sea imprescindible aclarar alguna de las situaciones alegadas, Servicios sociales podrá contactar con la persona para entrevistarla.
  • Como el INSS solicita que sea presentado este certificado de Servicios Sociales en un plazo de 10 días hábiles, en el caso de imposibilidad por parte de la entidad emisora del Servicio de Bienestar Social e integración, la presentación del justificante de solicitud de este certificado a Servicios Sociales paraliza el plazo de los 10 días establecido por el INSS hasta que sea obtenido finalmente.
Información Complementaria

No se podrá solicitar la emisión del certificado de Servicios sociales tanto de manera inicial como por renovación para el IMV si no se justifica el haber registrado previamente la solicitud de IMV y que el INSS le ha requerido este certificado.

Plazo de resolución y recursos
Silencio Administrativo: No procede
Plazo máximo de resolución: 3 meses
Atención telefónica

2427/2341/2429/2400

Dónde dirigirse

Oficinas donde obtener información y realizar consultas:

SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL E INTEGRACIÓN. Sección de Promoción de la Autonomía y Prestaciones Sociales.

C/ Amadeu de Savoia, 11, pati A, planta baixa - València 46010

Oficinas para presentar
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOS (TRÁMITES PADRÓN)C/ Alberic, 18 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: de Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITS (TRÁMITES PADRÓN)C/ Comte de Lumiares, 5 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIM (TRÁMITES PADRÓN)C/ Barraca, 53Tel.: 963014163 / 963014227De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
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  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
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