Son ayudas económicas para las necesidades de vivienda de personas en situación de especial vulnerabilidad. Cubren gastos de alquiler, entrada, deudas, suministros o alojamiento provisional.
- Duración máxima: hasta 12 meses.
- Cuantía máxima: hasta 10.800 €, según el tipo de ayuda.
- Periodo de gastos cubiertos: desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025.
- Tipos de ayuda:
a) Ayuda de alquiler de vivienda: Se podrá conceder deuda de alquiler de vivienda, alquiler abonado previamente, anticipo del alquiler, o la combinación de las tres modalidades. El alquiler no podrá superar los 900€/mes, ni la concesión de la ayuda la cuantía de 10.800 €.
b) Ayuda de alquiler de habitación con contrato: El alquiler no podrá superar los 450€/mes. Se podrá conceder deuda de alquiler de habitación, alquiler abonado previamente, anticipo del alquiler, o la combinación de las tres modalidades.La concesión no podrá superar la cuantía de 5.400€.
c) Ayuda de entrada de alquiler en vivienda: Consiste en el pago de un máximo de 3 meses de la entrada de la que va ser la vivienda habitual de la persona solicitante: fianza, mes de garantía adicional y mes corriente. Se podrá cubrir asimismo la entrada en vivienda ya abonada. El alquiler no podrá superar los 900€/mes. El pago máximo de la ayuda será de 2.700€.
d) Ayuda de entrada de alquiler en habitación con contrato: Consiste en el pago de un máximo de 3 meses de la entrada de la que va ser la vivienda habitual de la persona solicitante: fianza, mes de garantía adicional y mes corriente. Se podrá cubrir asimismo la entrada en habitación ya abonada. El alquiler no podrá superar los 450€/mes. El pago máximo de la ayuda será de 1.350€.
e) Ayuda de desahucio: Ayuda para hacer frente a los gastos para evitar la pérdida de vivienda. El alquiler no podrá superar los 900€/mes, ni la cuantía de la ayuda ser superior a 10.800 €. Podrán ser deudas de alquiler con procedimiento judicial abierto o comunicación formal por parte del propietario o de la comunidad de propietarios de la interposición de demanda por falta de pago.
f) Ayuda de alojamiento provisional (hostal): El tiempo de alojamiento en hostal vendrá determinado por la intervención y valoración técnica. La cuantía máxima será de 900 €/persona/mes.
g) Ayuda de gastos de mantenimiento ya abonados, tanto de suministros básicos como de gastos de comunidad. En el caso de los gastos de comunidad se podrá contemplar también el anticipo, o la combinación de las tres modalidades. El módulo máximo mensual no puede superar los 200€ (2.400€/año).
Personas físicas pertenecientes a colectivos especialmente vulnerables:
- Víctimas de violencia de género
- Víctimas de trata con fines de explotación sexual
- Víctimas de violencia sexual
- Desahuciadas de su vivienda habitual
- Sin hogar
- Asiladas, refugiadas, apátridas, acogidas al régimen de protección temporal u otros estatutos de protección subsidiaria.
- Otras personas especialmente vulnerables, que ostenten dicha consideración según valoración individual emitida por los Centros Municipales de Servicios Sociales en el que se atiendan y valoren las circunstancias personales que aconsejen la concesión de la ayuda, tales como personas con problemas de salud mental, diversidad funcional, personas jóvenes extuteladas por la Generalitat, personas de avanzada edad, personas exreclusas, solicitantes de asilo, personas migrantes vulnerables, independientemente de su situación administrativa, etc. Estas personas han de hallarse en situación de grave necesidad económica y no disponer de recursos o ingresos suficientes para afrontar los gastos derivados de la situación de necesidad: la suma de los ingresos netos del conjunto de la unidad de convivencia no han de superar 3 veces el IPREM mensual (1.800€/mes) y que el esfuerzo para el pago de la renta arrendaticia, supere el 30 por cien de los ingresos netos de la mismas.
- El alquiler no puede superar:
- 900 €/mes para viviendas.
- No se puede pedir ayuda si se tiene vivienda en propiedad (salvo justificación de que no se puede usar).
- La vivienda debe ser la residencia habitual.
- El arrendador no puede ser familiar directo, salvo casos excepcionales.
- Solo se cubren contratos legales (no se admiten alquileres sin contrato).
- No se conceden ayudas si la vivienda pertenece al parque público de vivienda.
- Si la solicitud se realiza presencialmente: Impreso de solicitud que puede descargar en el apartado Impresos de esta misma página, acompañado de la documentación que se indica.
- Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica, se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón Iniciar trámite y se adjuntará el impreso de solicitud (disponible en el apartado Impresos) y la documentación que se indica.
- Los Anexos R1, R2, R3, R4 y R5 están disponibles en el apartado impresos de este trámite.
A) DOCUMENTACIÓN a presentar CON AUTORIZACIÓN DE ACCESO A DATOS
Si en el impreso de solicitud se autoriza al Ayuntamiento de València a consultar los datos en otras administraciones, únicamente se deberán aportar los siguientes documentos:
1. Identificación
-
DNI, NIE o pasaporte de todas las personas mayores de 16 años de la unidad de convivencia.
-
Para menores de 16 años: libro de familia o certificado de nacimiento.
-
En casos especiales: refugiados, solicitantes de asilo, apátridas, ciudadanía de la UE o extranjería, documentos que acrediten cada situación donde se especifique el NIE, en caso de no disponer NIE documento de identificación.
2. Ingresos y situación laboral
-
En caso de trabajador cuenta ajena: 2 últimas nóminas.
-
En caso de autónomos: declaración trimestral (modelos 130/131) o, si no corresponde, declaración responsable con ingresos recientes.
-
Si estás de baja médica: justificante de la baja y de los pagos.
-
Justificante bancario si recibes pensión del extranjero.
3. Cuenta bancaria: Documento de la cuenta donde se ingresará la ayuda (con IBAN y titular).
4. Unidad de convivencia: Libro de familia, certificado del registro civil, inscripción en registro de parejas de hecho o certificado de empadronamiento conjunto.
5. Casos especiales
-
Violencia de género: acreditación según la Ley 1/2004.
-
Separación o divorcio: demanda o resolución judicial.
B) DOCUMENTACIÓN a presentar SIN AUTORIZACIÓN DE ACCESO A DATOS
Si no se autoriza en el impreso de solicitud al Ayuntamiento a la consulta de datos, deberá presentar la documentación indicada en el punto anterior junto con:
-
Certificado de empadronamiento o prueba de residencia.
-
Declaración de la renta (IRPF) de la persona solicitante y de cada miembro en edad laboral.
-
Si no hay obligación de presentar IRPF: certificado de imputaciones de la AEAT.
-
Pensionistas: certificado del INSS u otra entidad con la cuantía de la pensión.
-
Desempleo: certificado del Servicio Valenciano de Empleo con los ingresos actuales.
-
Certificado del Catastro o Registro de la Propiedad sobre bienes inmuebles. Si se tiene vivienda pero no se puede usar, aportar documentación que lo justifique (ej. sentencia de divorcio).
- Solicitud de ayudas para soluciones habitacionales (con anexo 1):
del apartado "Impresos" de este trámite.
- Documentación general cuando hay autorización de acceso a datos:
en caso de realizar el trámite mediante sede electrónica, podrá seguir aportando archivos por "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.
- Documentación general cuando no hay autorización de acceso a datos:
en caso de realizar el trámite mediante sede electrónica, podrá seguir aportando archivos por "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.
- Alquiler:
- En caso de deuda: Contrato de arrendamiento, Anexo R.1, cuenta bancaria:
- Contrato de arrendamiento en vigor. El titular del contrato deberá coincidir con el solicitante de la ayuda.
- Anexo R.1 Declaración arrendador vivienda
- Copia de la cuenta bancaria del propietario donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de anticipo: Contrato de arrendamiento, Anexo R.2, cuenta bancaria:
- Contrato de arrendamiento en vigor. El titular del contrato deberá coincidir con el solicitante de la ayuda.
- Anexo R.2 Aceptación del propietario
- Copia de la cuenta bancaria del propietario donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de gastos abonados: Contrato de arrendamiento, justificación del pago abonado, cuenta bancaria:
- Contrato de arrendamiento en vigor. El titular del contrato deberá coincidir con el solicitante de la ayuda
- Justificación del pago abonado mediante la trasferencia realizada, recibo bancario domiciliado o ingreso en efectivo en la cuenta en los que deberá constar expresamente los siguientes datos:
a. La identificación completa de la persona que realiza y recibe el pago, debiendo coincidir, en todo caso, quien lo recibe con la persona titular del contrato de arrendamiento y quien lo realiza con la persona beneficiaria de la ayuda, salvo casos objeto de órdenes de protección que incluyan la anonimización de la víctima del delito u otros supuestos similares.
b. El importe de la renta de alquiler de la vivienda.
c. El concepto por el que se realiza, con indicación del mes o meses a los que corresponde.- Copia de la cuenta bancaria del solicitante o de la persona a quien este autorice donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de Ayuda combinada deuda-anticipo-gasto abonado: la documentación a aportar será la establecida en los puntos anteriores
- En caso de deuda: Contrato de arrendamiento, Anexo R.1, cuenta bancaria:
- Alquiler habitación con contrato:
- En caso de deuda: Contrato de arrendamiento, contrato de alquiler -en su caso-, Anexo R.1, cuenta bancaria:
- Contrato de arrendamiento de la habitación en vigor.
- En caso de que el arrendador no sea el propietario sino el arrendatario de la vivienda se aportará además el contrato de alquiler que permite dicho subarriendo.
- Anexo R.1 Declaración arrendador de la vivienda.
- Copia de la cuenta bancaria del propietario donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de anticipo: Contrato de arrendamiento, contrato de alquiler -en su caso-, Anexo R.2, cuenta bancaria:
- Contrato de arrendamiento de la habitación en vigor.
- En caso de que el arrendador no sea el propietario sino el arrendatario de la vivienda se aportará además el contrato de alquiler que permite dicho subarriendo.
- Anexo R.2 Aceptación propietario
- Copia de la cuenta bancaria del propietario donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de Gastos abonados: Contrato de arrendamiento, contrato de alquiler -en su caso-, justificación del pago abonado, cuenta bancaria:
- Contrato de arrendamiento de la habitación en vigor.
- En caso de que el arrendador no sea el propietario sino el arrendatario de la vivienda se aportará además el contrato de alquiler que permite dicho subarriendo.
- Justificación del pago abonado mediante la trasferencia realizada, recibo bancario domiciliado o ingreso en efectivo en la cuenta en los que deberá constar expresamente los siguientes datos:
a. La identificación completa de la persona que realiza y recibe el pago, debiendo coincidir, en todo caso, quien lo recibe con la persona titular del contrato de arrendamiento y quien lo realiza con la persona beneficiaria de la ayuda, salvo casos objeto de órdenes de protección que incluyan la anonimización de la víctima del delito u otros supuestos similares.
b. El importe de la renta de alquiler de la vivienda
c. El concepto por el que se realiza, con indicación del mes o meses a los que corresponde.- Copia de la cuenta bancaria del solicitante o de la persona a quien este autorice donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de Ayuda combinada deuda-anticipo-gasto abonado: la documentación a aportar será la establecida en los puntos anteriores
- En caso de deuda: Contrato de arrendamiento, contrato de alquiler -en su caso-, Anexo R.1, cuenta bancaria:
- Entrada en vivienda:
- En caso de Entrada en vivienda: Anexo R.3, cuenta bancaria:
- Anexo R.3 Declaración arrendador entrada en vivienda/habitación
- Copia de la cuenta bancaria del propietario donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de Entrada en vivienda con Gastos abonados: Contrato de arrendamiento, justificación del pago abonado, cuenta bancaria:
- Contrato de arrendamiento en vigor. El titular del contrato deberá coincidir con el solicitante de la ayuda
- Justificación del pago abonado mediante la trasferencia realizada, recibo bancario domiciliado o ingreso en efectivo en la cuenta en los que deberá constar expresamente los siguientes datos:
a. La identificación completa de la persona que realiza y recibe el pago, debiendo coincidir, en todo caso, quien lo recibe con la persona titular del contrato de arrendamiento y quien lo realiza con la persona beneficiaria de la ayuda, salvo casos objeto de órdenes de protección que incluyan la anonimización de la víctima del delito u otros supuestos similares.
b. El importe de la renta de alquiler de la vivienda
c. El concepto por el que se realiza, con indicación del mes o meses a los que corresponde.- Copia de la cuenta bancaria del solicitante donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de Entrada en vivienda: Anexo R.3, cuenta bancaria:
- Entrada en habitación con contrato:
- En caso de Entrada en habitación con contrato: Anexo R.3, cuenta bancaria, contrato de alquiler -en su caso-:
- En caso de que el arrendador no sea el propietario sino el arrendatario de la vivienda se aportará además el contrato de alquiler que permite dicho subarriendo.
- Anexo R.3 Declaración arrendador entrada en vivienda/habitación.
- Fotocopia de la cuenta bancaria del propietario donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de Gastos abonados: Contrato de arrendamiento, contrato de alquiler -en su caso-, justificación del pago abonado, cuenta bancaria:
- Contrato de arrendamiento de la habitación en vigor.
- En caso de que el arrendador no sea el propietario sino el arrendatario de la vivienda se aportará además el contrato de alquiler que permite dicho subarriendo.
- Justificación del pago abonado mediante la trasferencia realizada, recibo bancario domiciliado o ingreso en efectivo en la cuenta en los que deberá constar expresamente los siguientes datos:
a. La identificación completa de la persona que realiza y recibe el pago, debiendo coincidir, en todo caso, quien lo recibe con la persona titular del contrato de arrendamiento y quien lo realiza con la persona beneficiaria de la ayuda, salvo casos objeto de órdenes de protección que incluyan anonimización de la víctima del delito u otros supuestos similares.
b. El importe de la renta de alquiler de la vivienda.
c. El concepto por el que se realiza, con indicación del mes o meses a los que corresponde.- Fotocopia de la cuenta bancaria del solicitante o de la persona a quien este autorice donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de Entrada en habitación con contrato: Anexo R.3, cuenta bancaria, contrato de alquiler -en su caso-:
- Desahucios:
- En caso de Desahucio por deudas de alquiler: Documento inicio proceso de desahucio, en su caso, Declaración propietario de iniciar el proceso, Anexo R.1, cuenta bancaria:
- Diligencia o documento justificativo de inicio de proceso de desahucio, en su caso.
- Declaración del propietario de la vivienda de iniciar el proceso de desahucio en breve.
- Anexo R.1 Declaración arrendador de la vivienda
- Fotocopia de la cuenta bancaria del propietario donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de Desahucio por gastos de comunidad: Documento inicio proceso de desahucio, en su caso, Declaración comunidad de iniciar el proceso, Anexo R.4, cuenta bancaria:
- Diligencia o documento justificativo de inicio de proceso de desahucio, en su caso.
- Declaración de la comunidad de propietarios de iniciar el proceso de desahucio en breve.
- Anexo R.4 Declaración comunidad de propietarios.
- Fotocopia de la cuenta bancaria de la comunidad propietarios donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de Desahucio por deudas de alquiler: Documento inicio proceso de desahucio, en su caso, Declaración propietario de iniciar el proceso, Anexo R.1, cuenta bancaria:
- Alojamiento provisional (hostal):
- Anexo R.5 Declaración Alojamiento Provisional
- Gastos de mantenimiento (comunidad y suministros básicos de la vivienda):
- En caso de Deuda de Gastos de comunidad: Contrato de arrendamiento, Anexo R.4, cuenta bancaria:
- Contrato de arrendamiento en vigor. El titular del contrato deberá coincidir con el solicitante de la ayuda y en el mismo deberá establecer que los gastos de comunidad corren a cargo del arrendatario
- Anexo R.4 Declaración comunidad de propietarios
- Fotocopia de la cuenta bancaria de la comunidad propietarios donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de Anticipo de Gastos de comunidad: Contrato de arrendamiento, Anexo R.2, cuenta bancaria:
- Contrato de arrendamiento en vigor. El titular del contrato deberá coincidir con el solicitante de la ayuda y en el mismo deberá establecer que los gastos de comunidad corren a cargo del arrendatario
- Anexo R.2 Aceptación de la comunidad de propietarios
- Fotocopia de la cuenta bancaria de la comunidad propietarios donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de Gastos Abonados de Gastos de comunidad: Contrato de arrendamiento, justificación del pago abonado, cuenta bancaria:
- Contrato de arrendamiento en vigor. El titular del contrato deberá coincidir con el solicitante de la ayuda y en el mismo deberá establecer que los gastos de comunidad corren a cargo del arrendatario.
- Justificación del pago abonado mediante la trasferencia realizada, recibo bancario domiciliado o ingreso en efectivo en la cuenta en los que deberá constar expresamente los siguientes datos:
a. La identificación completa de la persona que realiza y recibe el pago, debiendo coincidir, en todo caso, quien lo recibe con la comunidad de propietarios y quien lo realiza con la persona beneficiaria de la ayuda, salvo casos objeto de órdenes de protección que incluyan la anonimización de la víctima del delito u otros supuestos similares.
b. El importe del gasto
c. El concepto por el que se realiza, con indicación del mes o meses a los que corresponde.- Fotocopia de la cuenta bancaria del solicitante o de la persona a quien este autorice donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de Deuda de Suministros básicos: Contrato de arrendamiento, facturas que se adeudan, cuenta bancaria:
- Contrato de arrendamiento en vigor. El titular del contrato deberá coincidir con el solicitante de la ayuda y en el mismo deberá establecer que los gastos de suministros básicos corren a cargo del arrendatario.
- Se aportarán las facturas que se adeudan.
- Fotocopia de la cuenta bancaria del solicitante o de la persona a quien este autorice donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de Gastos Abonados de Suministros básicos: Contrato de arrendamiento, justificación del pago abonado, cuenta bancaria:
- Contrato de arrendamiento en vigor. El titular del contrato deberá coincidir con el solicitante de la ayuda y en el mismo deberá establecer que los gastos de suministros básicos corren a cargo del arrendatario.
- Justificación del pago abonado mediante la trasferencia realizada, recibo bancario domiciliado o ingreso en efectivo en la cuenta en los que deberá constar expresamente los siguientes datos:
a. La identificación completa de la persona que realiza y recibe el pago, debiendo coincidir, en todo caso, quien lo recibe con las empresas suministradoras y quien lo realiza con la persona beneficiaria de la ayuda, salvo casos objeto de órdenes de protección que incluyan la anonimización de la víctima del delito u otros supuestos similares.
b. El importe del gasto.
c. El concepto por el que se realiza, con indicación del mes o meses a los que corresponde.- Fotocopia de la cuenta bancaria del solicitante o de la persona a quien este autorice donde conste el número de cuenta y la persona titular de la misma.
- En caso de Deuda de Gastos de comunidad: Contrato de arrendamiento, Anexo R.4, cuenta bancaria:
- La persona solicitante deberá rellenar la solicitud (modelo normalizado del apartado Impresos) y presentarla junto con la documentación indicada en las oficinas de presentación (ver apartado Oficinas de presentación de solicitudes) o mediante sede electrónica.
- Desde el Centro municipal de Servicios sociales correspondiente se le citará para entrevista y cumplimentación del informe social.
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Realizar la solicitud en línea con firma digital
Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
Si la solicitud se realiza en nombre de otra persona, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)
- Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
- Confirme los datos, firme y presente la solicitud.
En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.
Central de llamadas de servicios sociales: 900 92 75 67 (Teléfono gratuito. Horario de atención de 09.00 a 14:00 hores, de lunes a viernes).
- Resolución de 13 de marzo de 2025, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas para facilitar soluciones habitacionales a personas en situación de especial vulnerabilidad a través de las entidades locales, correspondiente al Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, y convocatoria 2025.
- Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 11/04/2025, por el que se propone solicitar a la Generalitat Valenciana la concesión de ayudas para facilitar soluciones habitacionales a personas en situación de especial vulnerabilidad 2025.
- Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 5 de septiembre del 2025 por la que se aprueba las determinaciones para la concesión de ayudas para facilitar soluciones habitacionales a personas en situación de vulnerabilidad.
- CMSS BENIMACLETC/ Sant Esperit, 15 (entrada también por Pl. de Benimaclet, s/n)Tel.: 962 084380 - 962 084390 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssbenimaclet@valencia.es
- CMSS CAMPANARC/ Gravador Enguídanos, s/nTel.: 962 082775 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsscampanar@valencia.es
- CMSS CIUTAT VELLAC/ Mesón de Morella, 2 Tel.: 962 084167Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmssciutatvella@valencia.es
- CMSS EL CABANYALC/ Reina, 117 - 46011 ValènciaTel.: 963 539911Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsscabanyal@valencia.es
- CMSS LA SAÏDIAAvenida de Portugal 28. ALQUERÍA CASA LLUNA. PARQUE DE MARCHALENES.Tel.: 963 127183Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsslasaidia@valencia.es
- CMSS MALVARROSAC/ Maria Carbonell (mestra), 1, 1º pisoTel.: 962 082570Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmssmalvarrosa@valencia.es
- CMSS NAZARETC/ Parc Natzaret, 94, 1r pisTel.: 962 087400 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmssnazaret@valencia.es
- CMSS OLIVERETAC/ Burgos, 12, 2º pisoTel.: 962 084680 - 962 084681Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssolivereta@valencia.es
- CMSS PATRAIXC/ Salabert, 13 2º y 3º piso Tel.: 962 084670/71 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmsspatraix@valencia.es
- CMSS QUATRE CARRERESC/ Severiano Goig, 3Tel.: 962 084080 - 962 084090Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssquatrecarreres@valencia.es
- CMSS SALVADOR ALLENDEC/ Sant Joan de la Penya, 3-2º pisoTel.: 962 084650Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsssalvadorallende@valencia.es
- CMSS SANT MARCEL.LÍC/ Salvador Perles, s/nTel.: 962 082865 - 962 082866Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssanmarcelino@valencia.es
- CMSS TRAFALGARC/ Trafalgar, 34 3ª pisoTel.: 962 082729Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsstrafalgar@valencia.es
- CMSS BENIMACLETC/ Sant Esperit, 15 (entrada también por Pl. de Benimaclet, s/n)Tel.: 962 084380 - 962 084390 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssbenimaclet@valencia.es
- CMSS CAMPANARC/ Gravador Enguídanos, s/nTel.: 962 082775 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsscampanar@valencia.es
- CMSS CIUTAT VELLAC/ Mesón de Morella, 2 Tel.: 962 084167Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmssciutatvella@valencia.es
- CMSS EL CABANYALC/ Reina, 117 - 46011 ValènciaTel.: 963 539911Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsscabanyal@valencia.es
- CMSS LA SAÏDIAAvenida de Portugal 28. ALQUERÍA CASA LLUNA. PARQUE DE MARCHALENES.Tel.: 963 127183Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsslasaidia@valencia.es
- CMSS MALVARROSAC/ Maria Carbonell (mestra), 1, 1º pisoTel.: 962 082570Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmssmalvarrosa@valencia.es
- CMSS NAZARETC/ Parc Natzaret, 94, 1r pisTel.: 962 087400 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmssnazaret@valencia.es
- CMSS OLIVERETAC/ Burgos, 12, 2º pisoTel.: 962 084680 - 962 084681Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssolivereta@valencia.es
- CMSS PATRAIXC/ Salabert, 13 2º y 3º piso Tel.: 962 084670/71 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmsspatraix@valencia.es
- CMSS QUATRE CARRERESC/ Severiano Goig, 3Tel.: 962 084080 - 962 084090Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssquatrecarreres@valencia.es
- CMSS SALVADOR ALLENDEC/ Sant Joan de la Penya, 3-2º pisoTel.: 962 084650Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsssalvadorallende@valencia.es
- CMSS SANT MARCEL.LÍC/ Salvador Perles, s/nTel.: 962 082865 - 962 082866Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssanmarcelino@valencia.es
- CMSS TRAFALGARC/ Trafalgar, 34 3ª pisoTel.: 962 082729Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsstrafalgar@valencia.es
- REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
- OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet. Calle del Campament 64 (Benimàmet)Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdeloest@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo en el teléfono 963 013 023jmpoblesdelsud@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
- ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
- ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.hornodealcedo@valencia.es
- ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
- ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
- ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.latorre@valencia.es
- ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.