ePrivacy and GPDR Cookie Consent by Cookie Consent
Solicitud de informe en casos de desahucio
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
BS.PN.135
Descripción

Es un informe expedido por los Servicios Sociales de zona para tratar de evitar el desahucio.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona afectada por una posible pérdida de vivienda.

Requisitos
  • Personas mayores de 18 años o menores emancipadas.
  • Que la vivienda objeto del procedimiento de desahucio se encuentre en la ciudad de València.
  • Que exista un procedimiento judicial con solicitud de informe de vulnerabilidad. O bien que sea requerido por la Oficina por el Derecho a la Vivienda.
Cuándo solicitarlo

Cualquier persona afectada por un procedimiento de desahucio.

Documentación a presentar

  • Impreso de solicitud que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página, acompañada por la documentación que requiera la Oficina por el Derecho a la Vivienda.

Documentación para todos los casos:
  • Anexo informe vulnerabilidad:

    Documento disponible en el apartado "Impresos" para descargar, rellenar y aportar obligatoriamente en este trámite.

Actuaciones a realizar por la persona solicitante
  • Las personas afectadas por un procedimiento de desahucio podrán acudir a la Oficina por el Derecho a la Vivienda del Ayuntamiento de València para iniciar el trámite (solicitud de informe de vulnerabilidad).
  • Es necesario solicitar cita previa al teléfono 960 99 23 97 o al correo dretvivenda@elrogle.es
  • Horario de atención de Lunes a Viernes de 9 a14 h y de 16.30 a 19.30
Plazo de resolución y recursos
Silencio Administrativo: No procede
Plazo máximo de resolución: 2 meses
Atención telefónica

960 99 23 97

Legislación
  • Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) 1/2000 de 7 de enero (modificación del RDL 7/2019 de 1 de marzo) introduce “el trámite de comunicación a los Servicios Sociales, estableciendo que la determinación de la situación de vulnerabilidad producirá la suspensión del procedimiento hasta que se adopten las medidas que los Servicios Sociales estimen oportunas por un plazo máximo de un mes o de tres meses cuando el demandante sea una persona jurídica...”
  • RDL 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 modificado por el RDL 21/21 de 26 de octubre: reguló medidas excepcionales durante la pandemia con un plazo de vigencia de las mismas hasta el 28 de febrero de 2022.
  • RDL 2/2022 de 22 de febrero y en su disposición final segunda modifica el RDL 11/2020 de 31 de marzo regulando que la suspensión de los procedimientos de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022.
  • Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.
Dónde dirigirse

Oficinas donde obtener información y realizar consultas:
En la Oficina por el Derecho a la Vivienda
C/ Bélgica n.º 18
Es necesario solicitar cita previa al teléfono 960 99 23 97 ó al correo dretvivenda@elrogle.es
Horario de atención de Lunes a Viernes de 9 a 14 h y de 16.30 a 19.30

Oficinas de presentación:
En la Oficina por el Derecho a la Vivienda
C/ Bélgica n.º 18
Es necesario solicitar cita previa al teléfono 960 99 23 97 o al correo dretvivenda@elrogle.es
Horario de atención de Lunes a Viernes de 9 a 14 h y de 16.30 a 19.30

Ir a inicio de página