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Subvenciones “Emprende y Contrata”: Programa I Subvención “Contrata Valencia” (Anexo I)
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
AE.IE.125
Descripción

Dirigidas a fomentar el empleo estable y de calidad por medio de ayudas económicas destinadas a apoyar:


  • La formalización de contratos de trabajo por tiempo indefinido a jornada completa o parcial de al menos 20 o más horas semanales de personas de 45 años o menos.
  • La transformación de contratos de trabajo preexistentes en indefinidos a jornada completa o parcial de al menos 20 o más horas semanales de personas de 45 años o menos.



Se concederá una cuantía fija de 3.000 € a las contrataciones indefinidas a jornada completa que cumplan los requisitos de esta convocatoria.

Se concederá una cuantía fija de 1.500 € a las contrataciones indefinidas a jornada parcial de 20 o más horas semanales que cumplan los requisitos de esta convocatoria.


TÉNGASE EN CUENTA QUE PARA CONTRATACIONES DE PERSONAS DE MÁS DE 45 AÑOS EXISTE EL PROGRAMA ESPECÍFICO “CONTRATA VALENCIA MÁS 45” QUE ESTÁ EN OTRO PROCEDIMIENTO DE ESTA SEDE ELECTRÓNICA.


Consultar la CONVOCATORIA completa en el apartado Información complementaria de este trámite.


El apartado “Impresos” se activará el día que se inicie el plazo de presentación de solicitudes.

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán acogerse al programa de subvención, tanto las personas físicas o jurídicas, como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas y que cumplan con los requisitos exigidos en la convocatoria y su correspondiente anexo I.


Quedan excluidas las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro.


- Los programas I y II son compatibles entre sí. Solo se podrá presentar una única solicitud por cada uno de los programas. En el caso de presentar más de una solicitud en cada uno de los programas, se desestimará automáticamente la de fecha y hora posterior.


- Téngase en cuenta que para contrataciones de personas de más de 45 años existe el programa específico “Contrata València Más 45” que está en otro procedimiento de esta sede electrónica.

Requisitos

Los requisitos para ser persona beneficiaria son los señalados en las bases de la convocatoria (punto 4).

Además:


- Requisito de la persona contratada para este programa I “Contrata Valencia” (Anexo I):

Deberá tener 45 años o menos en el momento de la contratación.


- Requisitos de la contratación:

a) Que la formalización del contrato inicial, o la conversión a indefinido a jornada parcial o completa, se haya realizado entre el día 27 de mayo de 2025 (inclusive) y la fecha de presentación de la solicitud.

b) Que en caso de tratarse de contratos a tiempo parcial, deberán ser de 20 o más horas semanales.


- No serán subvencionables los contratos por tiempo indefinido fijo – discontinuo.

- No tendrán la consideración de contratación subvencionable las altas en RETA como autónomo colaborador.

Cuándo solicitarlo

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. (BOP).

Publicación BOP: 24/03/2026


Plazo de solicitud: del día 25/03/2026 hasta el 14/04/2026 ambos inclusive.
Documentación a presentar

  • Se rellenará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.
  • El formulario de solicitud tendrá un apartado sobre una Declaración responsable que contendrá el pronunciamiento expreso sobre una serie de cuestiones y un apartado sobre AUTORIZACIONES.



Documentación para todos los casos:
  • Certificado actualizado de Situación en el censo de actividades económicas de la AEAT de la persona solicitante (IAE):

    El certificado debe indicar la actividad económica que se realiza con su fecha de alta, el domicilio fiscal y el local de desarrollo de la actividad. Este certificado se encuentra en el procedimiento llamado “Certificados Tributarios. Expedición de certificados tributarios.IAE” y que se puede obtener en el siguiente 👉 enlace.

    Dentro del enlace, pinchar en el apartado Certificados tributarios. Expedición certificados tributarios.I.A.E.


  • Certificado de ayudas minimis emitido en 2026:

    Aun en el caso de no haber sido beneficiario de ninguna subvención se deberá presentar.

    Este certificado se obtiene en la página a la que lleva el siguiente 👉 enlace.


  • En su caso, contrato de constitución de la sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades:

    En caso de que quien contrate sea sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, contrato de constitución debidamente registrado en el PROP.


  • En su caso, escritura de constitución y estatutos de empresa que contrata:

    En caso de que quien contrate sea persona jurídica, escritura de constitución y los estatutos de la persona jurídica actualizados, inscritos en el correspondiente Registro.


  • Certificado de titularidad de cuenta bancaria de la persona o entidad solicitante de la subvención:

    Certificado de titularidad de la cuenta bancaria que se ha indicado en la instancia. Esta cuenta deberá pertenecer a la persona o empresa solicitante de la subvención.


  • NIF o NIE en vigor de la persona contratada:

    NIF por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte, si lo indica el mismo. EN VIGOR.


  • Contrato de trabajo:

    Contrato de trabajo inicial o la transformación de un contrato laboral previo, firmado por las partes, de carácter indefinido a tiempo completo o parcial, que da lugar a la ayuda, realizado desde el día 27 de mayo de 2025 y hasta la presentación de solicitudes.


  • Justificante de la comunicación del contrato al SEPE:

    Justificante de la comunicación al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) del contrato de trabajo inicial o la transformación de un contrato laboral previo a indefinido a tiempo completo o parcial. En caso de contratos a tiempo parcial deberá indicar el número de horas semanales de la contratación.


  • Anexo “Datos y Autorización para consultar vida laboral de la persona contratada”:

    Se encuentra en el apartado impresos de esta subvención. Debe ir firmado por la persona contratada para autorizar al servicio gestor a consultar su vida laboral

    En caso de no autorizar u oponerse a la comprobación por el órgano gestor, deberá aportarse de manera obligatoria la documentación acreditativa.

Actuaciones a realizar por la persona solicitante

- En caso de personas jurídicas o entidades, la solicitud ha de ser presentada a nombre de las mismas y no de las personas que las conforman o representan.

- La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio, serán causas de inadmisión de las solicitudes de subvención.


Téngase en cuenta que para contrataciones de personas de más de 45 años existe el programa específico “Contrata València Más 45” que está en otro procedimiento de esta sede electrónica.

Información Complementaria

👉 CONVOCATORIA 2026


  • Las personas y entidades beneficiarias deberán mantener la contratación subvencionada ininterrumpidamente durante 12 meses, a partir del día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria de subvenciones.


  • Devolución voluntaria de subvenciones: IMPORTANTE:

En caso de que se quiera devolver el importe percibido por baja de la persona trabajadora, primero deberá comunicarlo al Servicio de Emprendimiento mediante una instancia informando sobre la baja del trabajador para que se le calcule el importe exacto que le corresponde devolver.

En segundo lugar deberá devolver el importe mediante autoliquidación. La autoliquidación se realizará desde SIGA- Sistema de Información y de Gestión de Autoliquidaciones, accesible desde la página web del Ayuntamiento de Valencia.

Para la devolución de todo o parte de una subvención el formulario de autoliquidación solicita LA REFERENCIA AYUNTAMIENTO DEL PAGO DE LA SUBVENCIÓN. Este código puede consultarse en el extracto bancario de la transferencia recibida.

Con dicho código y a través del botón VALIDAR el formulario accederá a los datos del pago de la subvención y obtendrá el importe y la fecha del pago. Al indicar el importe a devolver el formulario calculará automáticamente los intereses de demora.

👉 Enlace al formulario de autoliquidación A710

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
De acuerdo con lo establecido en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y art. 20.8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus Organismos Públicos.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
6 meses
Según el punto 7.9 de la convocatoria “Emprende y Contrata” 2026.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona física o, realizándose en nombre de una persona jurídica, NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

Horario: 08:30 -14:00

96 208 40 77

96 208 36 59

96 208 71 94

010

Legislación

👉 Acuerdo JGL Convocatoria subvenciones municipales“EMPRENDE Y CONTRATA 2026”. Anexo I. Programa I CONTRATA VALENCIA.

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • Reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Bases de ejecución del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2026
Dónde dirigirse

Oficinas donde obtener información o realizar consultas:

Correo electrónico:

emprende@valencia.es


Oficinas de presentación:

La presentación de las solicitudes se efectuará mediante una solicitud normalizada únicamente por vía telemática, a través de este procedimiento. Para ello, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada con un certificado reconocido para la ciudadanía -personas físicas- admitido por la sede electrónica del Ayuntamiento de València.

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