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Ayudas para el pago de tasas de certificaciones en idiomas
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
AE.EM.150
Descripción

Este trámite permite solicitar ayudas para cubrir los gastos relacionados con la obtención de certificaciones oficiales de idiomas en los niveles A2, B1, B2, C1 y C2, en los idiomas valenciano, inglés, francés, italiano, alemán, portugués y chino. Además, en el caso del valenciano, también abarca los niveles de Lenguaje administrativo, Corrección de textos y Lenguaje en los medios de comunicación.

Las ayudas están destinadas a los siguientes gastos:

  • Tasas de inscripción: Aquellas pagadas para presentarse a las pruebas de certificación, siempre que:

- El pago conste como efectivamente realizado y esté justificado documentalmente.
- La persona solicitante haya aprobado el examen.
- Se cumplan los demás requisitos establecidos.

  • En el caso de Escuelas Oficiales de Idiomas, tasas de expedición del título correspondiente a la certificación: Los costes por emitir el título de la certificación obtenida, cuyo pago conste como efectivamente realizado y esté justificado documentalmente, además de cumplir el resto de requisitos.

  • Es requisito imprescindible que las pruebas de certificación se hayan realizado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y 31 de diciembre de 2025.


Se puede consultar la convocatoria completa, en el apartado Información complementaria de este trámite.

Toda la información relativa al proceso de selección (listado provisional, baremación y candidaturas excluidas, listado definitivo, etc) puede consultarse en el Tablón de Edictos municipal y en la página web.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas que hayan aprobado las pruebas de certificación de idiomas: valenciano, inglés, francés, italiano, alemán, portugués y chino, en los niveles básico ( A2 ), intermedio ( B1 y B2 ), avanzado ( C1 y C2 ), o equivalentes, y en el idioma valenciano los certificados específicos de “Llenguatge administratiu”,“Correcció de textos”, y “Llenguatge als mitjans de comunicació”, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025, ambos incluidos.

Requisitos
  • Tener 14 años de edad o más en el momento de presentación de la solicitud.
  • Hallarse empadronadas en el municipio de València en la fecha de la aprobación de esta convocatoria por la Junta de Gobierno Local (6/03/2026).
  • Haber realizado y aprobado las pruebas de certificación de los mencionados idiomas en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 al 31 diciembre de 2025, ambos inclusive.
  • No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València.
  • Haber justificado cualquier subvención que les haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de València, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.
  • No encontrarse incursas en procedimiento de reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento.
  • No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS, y, en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No podrán ser beneficiaras las personas que hayan recibido ayuda por la misma prueba de certificación en una convocatoria anterior.
Cuándo solicitarlo

El plazo de presentación de solicitudes de concesión de estas ayudas se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, finalizando el 30 de abril de 2026.

Publicación BOP: Boletín Nº 53, de 18 de marzo de 2026.


Plazo de solicitud: del día 20/03/2026 hasta el 30/04/2026 ambos inclusive.
Documentación a presentar

  • Si la solicitud se realiza presencialmente, Impreso de solicitud que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página, acompañado de la documentación que se indica.
  • Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica, se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.


- Documento Nacional de Identidad (DNI), permiso de residencia, tarjeta de identidad de extranjero, pasaporte o permiso de conducir (PNC). Si la persona es mayor de edad y presenta la solicitud por sede electrónica no será preciso aportar este documento.

-En personas solicitantes menores de edad (salvo que estén emancipadas), y supuestos de representación, se tiene que aportar DNI, TIE o PNC de la persona menor o representada y de la persona representante legal y Libro de familia o documento acreditativo de la representación.

- Si la solicitud se presenta por sede electrónica, se deberá seleccionar la opción "Soy representante mediante la presentación de un apoderamiento" y en este caso, no será preciso aportar el documento de identidad del/la representante. En caso de que la solicitud se presente presencialmente, la solicitud se firmará por la persona representante y sí deberá presentar su documentación de identidad.


En ambos casos, en el modelo de solicitud normalizada, los datos del/de la representante legal deberán figurar en el apartado Datos representante y los datos del/la menor de edad en el apartado Datos solicitante.


Documentación para todos los casos:
  • Documento justificativo del pago de la tasa de examen para la que se solicita la ayuda debidamente sellado (no se admitirán sin sello de la entidad perceptora del pago) y debiendo constar en el mismo:

    - los datos de la persona que solicita la ayuda y en cuyo beneficio se efectúa el pago

    - importe abonado en euros

    - concepto del abono por pago de la tasa por derechos de examen

    - idioma y nivel

    - centro examinador

    - fecha de examen

    En el caso de justificantes de pago de las Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI), deberá aportarse la totalidad de las hojas del impreso de matrícula o el resguardo de matrícula, así como el impreso de tasas de matrícula modelo 046 y su justificante de pago. En ningún caso se admitirán impresiones de pantalla o documentos similares.

  • Certificación del nivel de competencia lingüística por el que se solicita la ayuda :

    En caso de solicitar la ayuda por la tasa de la expedición del título correspondiente a la certificación del idioma y el nivel aprobado en el ámbito de la EOI, además de la documentación recogida en los puntos anteriores, se deberá presentar el resguardo de la solicitud del título debidamente sellado y firmado y la acreditación del pago de la tasa por la expedición del título. (Ver información complementaria).

  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria indicada en la solicitud, a nombre de la persona beneficiaria de la ayuda.
  • En caso de no autorizar, certificado de estar al corriente con la AEAT
  • En caso de no autorizar, certificado de estar al corriente con el Ayuntamiento de València
  • En caso de no autorizar, certificado de estar al corriente con la TGSS
  • En caso de no autorizar, declaración del IRPF del último ejercicio tributario 2024 o, si no hay obligación de declarar, certificado de imputaciones:

    En caso de no autorizar, Alta y mantenimiento en el fichero de personas acreedoras, cesionarias, terceras y personal propio. Dicho certificado se puede obtener en este enlace.

  • En caso de no autorizar, Alta y mantenimiento en el fichero de personas acreedoras, cesionarias, terceras y personal propio
Actuaciones a realizar por la persona solicitante
  1. Presentación de la solicitud, junto con la documentación correspondiente.
  2. Consultar la publicación de la lista provisional de solicitudes admitidas y no admitidas donde se indica el motivo, abriéndose un plazo de 10 días hábiles para subsanar documentación. La falta de subsanación supondrá que la persona solicitante sea tenida por desistida de su solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  3. Una vez finalizado el plazo para subsanar y examinada la documentación, se publicará, la propuesta de concesión provisional en el TEE, a fin de que las personas interesadas puedan formular las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación.

Información Complementaria
  • Certificación del nivel de competencia lingüística por el que se solicita la ayuda:

a) Acreditaciones admitidas.

Con respecto a los certificados y diplomas que acreditan la competencia en lenguas extranjeras, se admiten los incluidos en el Decreto 61/2013, de 17 de mayo, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en Lenguas extranjeras en la Comunitat Valenciana y se crea la Comisión de acreditación de niveles de competencia en Lenguas extranjeras, cuyo Anexo se modificó por Orden 93/2013, de 11 de noviembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, así como disposiciones complementarias en la materia.

Con respecto a los certificados y diplomas que acreditan la competencia el conocimiento en valenciano, se admiten los incluidos en la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se regulan los certificados oficiales administrativos de conocimiento del valenciano de la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià, el personal examinador y la homologación y validación de otros títulos y certificados.

b) Contenido de las certificaciones. (En ningún caso se admitirán impresiones de pantalla o documentos similares).

La certificación deberá contener al menos los siguientes datos: órgano que lo expide, datos del/la alumno/a (nombre y apellidos, DNI, NIE o pasaporte), idioma y nivel, indicación del nivel del Marco Común Europeo de Referencia, fecha de expedición, firma y sello.

A este efecto, en certificaciones “Cambridge” y similares se admitirá el justificante provisional de superación de la prueba emitido por las entidades convocantes, aunque se indique en el propio documento que no se trata de un certificado.

Por tanto, se admitirá la solicitud de concesión de las ayudas por pruebas de certificación que se celebren hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes, inclusive dicho día.

En caso de pruebas de certificación realizadas en varios días, se considerará como fecha de celebración de la prueba y, por tanto, como fecha de superación de la misma, la de la fecha en la que se haya celebrado la última de las partes en las cuales se divida la prueba que forme parte de la certificación.

En caso de solicitar la ayuda por la tasa de expedición del título correspondiente a la certificación del idioma y nivel aprobado en el ámbito de las EOI, además de la documentación recogida en los puntos anteriores, se deberá presentar:

- el resguardo de la solicitud de la expedición del título, debidamente sellado y firmado (no se admitirán sin sello de la entidad perceptora del pago), que deberá contener al menos los siguientes datos: órgano que lo expide, datos del/la alumno/a, idioma y nivel, indicación del nivel del Marco Común Europeo de Referencia, sello y firma de la persona interesada.

- la acreditación del pago de la tasa por la expedición del título: impreso de tasas modelo 046 debidamente cumplimentado y su justificante de pago.


👉 CONVOCATORIA 2026

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 25.5 de la LGS.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
-
Artículo 25.4 de la LGS
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de otra persona física, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

010 / 962081725

Legislación

👉 Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 6 de marzo de 2026, por el que se aprueba la convocatoria de las Ayudas para el pago de Tasas de Certificaciones en Idiomas: valenciano, inglés, francés, italiano, alemán, portugués y chino, y en el idioma valenciano los certificados específicos: “Llenguatge administratiu”, “Correcció de textos” i “Llenguatge als mitjans de comunicació”.

  • Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y de sus Organismos Públicos, aprobada mediante acuerdo plenario de 28 de julio de 2016, BOP de fecha 02.11.2016
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio
  • Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal 2026 del Ayuntamiento de València
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Normativa autonómica vigente en materia de enseñanzas de idiomas de régimen especial, reconocimiento y acreditación de competencia en lenguas extranjeras en la Comunidad Valenciana, pruebas de certificación y sistemas de equivalencia de títulos y certificados, en particular, el Decreto 242/2019, de 25 de octubre, y el Decreto 61/2013, de 17 de mayo, del Consell, así como sus disposiciones de desarrollo.
  • Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte que regula los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano de la Junta Calificadora de Conocimientos de Valenciano.

Oficinas de información
  • SERVICIO DE EMPLEO Y FORMACIÓNC/ Amadeu de Savoia, 11 - Nave Oeste, planta 1, 46010 ValènciaTel.: 962 081 725De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
Oficinas para presentar
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet. Calle del Campament 64 (Benimàmet)Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo en el teléfono 963 013 023jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.hornodealcedo@valencia.es
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.latorre@valencia.es
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
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