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Solicitud de hojas de reclamaciones de consumo por los empresarios, comerciantes y profesionales
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
AE.CO.15
Descripción

Adquisición de los blocs de hojas de reclamaciones oficiales de la Generalitat Valenciana.

¿Quién lo puede solicitar?

Empresarios y profesionales que comercialicen bienes o presten servicios a consumidores en la ciudad de Valencia, a excepción de los titulares de empresas de hostelería y turismo

Requisitos

Ser titular o responsable legal de la empresa

Cuándo solicitarlo

No hay plazo. Se pueden adquirir durante todo el año, en el momento en que se inicia la actividad o cuando se agoten las existentes.

Documentación a presentar

  • Justificante del pago de la tasa en la entidad colaboradora.
  • CIF del titular del establecimiento.

Tasas
Tasa

Consultar en internet.




Actuaciones a realizar por la persona solicitante
  • Obtener el impreso para efectuar el ingreso de la tasa en las propias dependencias de las oficinas tramitadoras o a través de internet.
  • Pagar en la entidad colaboradora.
  • Recoger los blocs de hojas solicitados y el cartel anunciador de las mismas.
Información Complementaria

La Hoja Oficial de Reclamaciones es un juego de impresos autocopiativos de 4 colores (blanco, verde, rosa, amarillo) que los establecimientos deben tener obligatoriamente a disposición de los consumidores para que puedan formular quejas y reclamaciones, cuando lo consideren oportuno, en el lugar en el que se produzcan los hechos.

Plazo de resolución y recursos
Silencio Administrativo: No procede
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

Puede obtenerse más información en la página web de la OMIDC.

Atención telefónica

Para cualquier consulta telefónica pueden llamar al teléfono: 010- 96 351 12 37

Legislación

- Decreto 77/1994, de 12 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se regulan las hojas de reclamaciones de los consumidores y usuarios de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 2249, de 20/4/1994)
- Orden de 26 de septiembre de 1994, de las Consellerías de Sanidad y Consumo e Industria, Comercio y Turismo, por la que se desarrolla el Decreto 77/1994, de 12 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se regulan las hojas de reclamaciones de los consumidores y usuarios de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 2381, de 7/11/1994).

Oficinas de información
  • OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR - OMIDCAmadeo de Saboya, 11. Puerta principal, derecha. 46010 ValènciaTel.: 96.351.12.37 - 96.208.42.08Fax: 96.394.14.47Atención tel: 96.351.12.37 y 96.208.42.08, 9.30 a 13.30 h, lunes a viernes. Atención presencial: lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas. Julio y agosto, lun. a vier., 10.00 a 13.00 horasomidc@valencia.es
  • SERVICIO TERRITORIAL DE CONSUMOC/ Gregorio Gea, 27Tel.: 012
  • SERVICIO TERRITORIAL DE COMERCIOC/ Gregorio Gea, 27Tel.: 012
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