Este trámite permite a las personas autónomas, pequeñas empresas y microempresas solicitar ayudas económicas destinadas a cubrir gastos corrientes derivados de la titularidad, ejercicio, desarrollo y mejora del negocio o actividad comercial.
La finalidad de estas ayudas es fomentar el pequeño comercio y el consumo de proximidad, incentivar el mantenimiento y la creación de empresas comerciales, así como mejorar el mapa comercial de la ciudad de Valencia.
Cuantía de la ayuda: Hasta 3.000 € por establecimiento, con un incremento excepcional de hasta 2.000 € para locales afectados por obras prolongadas en la vía pública (locales ubicados en C/ Alicante y C/ Castellón, nº policía 2 al 12).
Personas autónomas, pequeñas empresas y microempresas, que tengan un establecimiento comercial abierto al público en la ciudad de València y cuya actividad se encuadre en alguno de los siguientes epígrafes del IAE:
- Agrupación 64 (excepto 646 y 647.5)
- Agrupación 65 (excepto 652.1, 654.3, 654.4, 654.5 y 655)
- Agrupación 97 (excepto 973.2, 974, 979.21 y 979.9)
No podrán solicitar esta ayuda:
1. Administraciones públicas, sociedades públicas o participadas en más de un 50% por capital público y las entidades vinculadas o dependientes de ellas.
2. Entidades sin ánimo de lucro.
3. Empresas del sector de la hostelería
4. Sociedades anónimas
5. Entidades que hayan incluido sus solicitudes dentro de las presentadas por otras entidades más representativas a las que pertenezcan.
6. Personas físicas o entidades que lleven a cabo su actividad en un equipamiento público, en régimen de cesión o concesión.
7. Establecimientos comerciales dedicados exclusivamente a la venta on line.
- Permanecer de alta en la actividad objeto de ayuda desde la solicitud hasta final del año 2025.
- Estar de alta en la Seguridad Social o Mutua Profesional.
- Estar al corriente -durante el plazo de presentación de la solicitud, en su concesión y posterior pago- en el cumplimiento de las obligaciones con:
- Agencia Tributaria
- Seguridad Social
- Ayuntamiento de Valencia
En el plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Publicación BOP: Miércoles 5 de febrero de 2025 - Boletín Nº 24
Plazo de solicitud: del día 06/02/2025 hasta el 25/02/2025 ambos inclusive.- Si la solicitud se realiza presencialmente, Impreso de solicitud normalizado, que se puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página, acompañado de la documentación que se indica a continuación.
- Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica, se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación correspondiente.
- Los anexos están disponibles en el apartado "Impresos" de este trámite, durante el plazo de solicitud de estas ayudas.
- Anexo 1. Autorizaciones
- Anexo 2. Declaración responsable y de ayudas minimis, como persona autónoma o pequeña empresa y compromiso de no disolución
- Anexo 3. Cuenta justificativa
- Certificado de situación censal actualizado:
Emitido por la AEAT en el que conste fecha de alta de la actividad, epígrafe/s, domicilio de la actividad y obligaciones con la AEAT.
- En caso de encontrarse en el régimen especial de recargo de equivalencia, declaración jurada que lo justifique:
No hará falta aportarlo cuando conste esta circunstancia en el certificado censal.
- Facturas cuya fecha esté comprendida entre 1 de abril de 2024 y la fecha de presentación de la solicitud
- Justificante bancario de los pagos:
No se aceptan pantallazos, ni extractos de movimientos de cuenta.
- Contrato de alquiler vigente durante todo el año 2025, en el supuesto de aportar gastos por este concepto
- Fotografía de la fachada del local cuando esté abierto al público
- Póliza del seguro del local, o documento justificativo en que conste el periodo y cuantía del contrato emitido por la compañía aseguradora, en caso de aportar gastos por este concepto
- Certificado de titularidad bancaria actualizado, en fecha de 2025 a nombre de la persona solicitante de la ayuda, con IBAN completo
- En caso de personas jurídicas, escritura de constitución y estatutos
- Vida laboral:
En el supuesto de personas jurídicas –Sociedad Limitada o Cooperativa – es necesaria la aportación de la vida laboral de la persona administradora en el caso de figurar en la Seguridad Social como persona jurídica “inexistente”. En el supuesto de Sociedad Civil o Comunidad de Bienes u otras entidades, es necesaria la aportación de la vida laboral de todas las personas socias o comuneras, excepto de las capitalistas.
Gastos subvencionables:
- Alquiler del local comercial
- Realización cursos formación comercial no reglada
- Participación en plataformas de comercio electrónico
- Realización de auditorías energéticas
- Marketing empresarial
- Gastos tendentes a difundir la identidad corporativa
- Servicios de asosoramiento o consultoría materia promoción comercial, laboral y fiscal relacionados con la actividad
- Publicidad
- Gastos derivados de contratos de suministro de enrgía, agua, alarma, teléfono o internet referidos al establecimiento comercial
- Gastos derivados de obtención de certificaciones oficiales en materia de igualdad
- Cuotas de seguros de responsabilidad civil del local comercial.
Gastos no subvencionables:
- La mercancía objeto de venta o negocio.
- Intereses deudores de cuentas bancarias.
- Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
- Gastos de procedimientos legales y judiciales.
- Impuestos indirectos susceptibles de recuperación o compensación, como el IVA, y los impuestos personales sobre la renta, y cualquier otro impuesto.
- Adquisición de mobiliario, equipos, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles y terrenos, tanto si son adquisiciones nuevas como de segunda mano.
- Gastos de transacciones financieras.
- Comisiones y pérdidas de cambio y otros gastos puramente financieros, como por ejemplo comisiones por mantenimiento de cuentas o transferencias.
- Las cuotas de afiliación a otras entidades.
- Los gastos de alojamiento y desplazamiento.
- Los caterings y los gastos de alimentación.
- Los gastos de personal (Sueldos y salarios, Seguridad Social, indemnizaciones, etc.)
- Las actividades paralelas (como por ejemplo gastos de las personas ponentes y personas invitadas externas, gastos de animación...).
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Realizar la solicitud en línea con firma digital
Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.
Si la solicitud se realiza en nombre de una persona física o, realizándose en nombre de una persona jurídica, NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)
- Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
- Confirme los datos, firme y presente la solicitud.
En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.
010
96 208 5702/ 96 208 4751/96 208 4743/ 96 208 4750
- Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 24/01/2025, por el que se aprueba la convocatoria destinada a las ayudas municipales al comercio local 2025.
- Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València, aprobada por Acuerdo plenario de fecha 28 de julio de 2016 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el 2 de noviembre de 2016 (OGS).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).
- Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (RGS).
- Reglamento (UE) 2023/2831, de 13 de diciembre, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE-L-2023-81820).
- Bases de ejecución del presupuesto municipal del Ayuntamiento de València de 2025.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
- SERVICIO DE COMERCIO Y MERCADOSPlaza del Mercado, 6-BJ 46001 ValènciaTel.: 96.352.54.78, 96.208.57.02, 96.208.47.43, 96.208.47.50, 96.208.47.51Atención al público: de 9:00 a 13:30 horas.
- REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
- OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. OFICINA DANA: de 16.00 a 19.00 horas, de lunes a viernesjmpoblesdelsud@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdeloest@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
- ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
- ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
- ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.hornodealcedo@valencia.es
- ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
- ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.latorre@valencia.es
- ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.