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Subvenciones a nuevos comercios y consolidación de los existentes en la ciudad de València
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
AE.CM.50
Descripción

Subvenciones destinadas a nuevos comercios y consolidación de los existentes en la ciudad de València 2024

¿Quién lo puede solicitar?

Las personas tanto físicas como jurídicas, sociedades limitadas, cooperativas, sociedades civiles, comunidades de bienes legalmente constituidas y otras entidades sin personalidad jurídica, que realicen su actividad en establecimientos comerciales abiertos al público situados en la ciudad de València y sean personas autónomas, pequeñas empresas o microempresas y cuyos epígrafes sean: 64 (excepto 646 y 647.5), 65 (excepto 652.1, 654.3, 654.4, 654.5 y 655) y 97 (excepto 973.2, 979.1 y 979.9).

Requisitos

Los señalados en la normativa general de subvenciones públicas y los específicamente establecidos en la convocatoria.

Cuándo solicitarlo

En el plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

Publicación BOP: Martes 5 de marzo de 2024 - Boletín Nº 46





Plazo de solicitud: del día 06/03/2024 hasta el 25/03/2024 ambos inclusive.
Documentación a presentar

  • Si la solicitud se realiza presencialmente: Impreso de solicitud normalizado, que se puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página, acompañado de la documentación que se indica a continuación. En este caso y si no ha solicitado esta ayuda en años anteriores, se deberá acompañar NIF o NIE de la persona interesada / representada.
  • Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica, se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación correspondiente. En caso de representación, acompañará NIF o NIE de la persona representada.
  • Las personas solicitantes no dadas de alta en fichero de personas acreedoras del Ayuntamiento de Valencia o que deseen cambiar sus datos bancarios deberán presentar instancia dirigida al Servicio de Comercio y Mercados, solicitando el alta y mantenimiento en el fichero de personas acreedoras, cesionarias, terceras y personal propio. La solicitud se encuentra disponible en el apartado "Impresos" del correspondiente trámite de la sede electrónica (enlace). Tendrá que acompañarse de la documentación requerida en la misma solicitud, la cual podrá aportarse a este trámite mediante "Documentación adicional".
  • Es obligatorio utilizar los anexos normalizados que figuran en el apartado "Impresos" de este trámite.

Documentación para todos los casos:
  • Anexo 1. Autorizaciones
  • Anexo 2. Declaración responsable y de ayudas minimis, como persona autónoma o pequeña empresa y compromiso de no disolución
  • Anexo 3. Cuenta justificativa
  • Certificado de situación censal actualizado:

    Emitido por la AEAT en el que conste fecha de alta de la actividad, epígrafe, domicilio de la actividad y obligaciones con la AEAT.

  • En caso de encontrarse en el régimen especial de recargo de equivalencia, declaración jurada que lo justifique:

    No hará falta aportarlo cuando conste esta circunstancia en el certificado censal.

  • Facturas cuya fecha esté comprendida entre 1 de abril de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud:

    No se admiten pagos en metálico.

  • Justificante bancario de los pagos:

    No se aceptan pantallazos, ni extractos de movimientos de cuenta.

  • Contrato de alquiler vigente durante todo el año 2024, en el supuesto de aportar gastos por este concepto
  • Fotografía de la fachada del local cuando esté abierto al público
  • Póliza del seguro del local, o documento justificativo en que conste el periodo y cuantía del contrato emitido por la compañía aseguradora, en caso de aportar gastos por este concepto
  • Certificado de titularidad bancaria actualizado, en fecha de 2024 a nombre de la persona solicitante de la ayuda, con IBAN completo
  • En caso de personas jurídicas, escritura de constitución y estatutos
Información Complementaria

Gastos subvencionables

Se considerarán subvencionables aquellos gastos corrientes que se imputen al desarrollo de las acciones por responder de manera inequívoca a su naturaleza, resulten estrictamente necesarios y hayan sido efectivamente pagados por la persona beneficiaria, concretamente los siguientes:
a) Alquiler del local comercial. (Deberán aportar contrato de arrendamiento en vigor durante todo el año 2024, facturas del alquiler mensual, y en su caso gastos en concepto de fianza del mismo y justificantes de pago bancario). No se admitirán los pagos de alquiler efectuados en metálico. En el contrato de arrendamiento, la persona arrendataria que debe constar es la persona física o jurídica solicitante de la ayuda.
b) Implantación de sistemas de calidad: Gastos relativos a la realización de documentación del sistema de calidad de la empresa así como los derivados de su implantación.
c) Realización de cursos de formación comercial no reglada, de carácter específico, para mejorar la calificación profesional, de las personas empresarias y del personal contratado. Se incluyen sólo los gastos derivados del coste del curso y de la inscripción al mismo.
d) Participación en plataformas individuales o conjuntas de comercio electrónico. Se considerarán los gastos destinados a la implantación del comercio electrónico, entendiendo por tal la compra y venta de productos o servicios a través de medios electrónicos, de forma que se mejore la competitividad de la empresa y se refuercen las ventas.
e) Realización de auditorías energéticas en la empresa que permiten identificar los consumos eléctricos y los factores que afectan al mismo (climatología, niveles de producción, horarios de trabajo, etc.), así como detectar oportunidades de ahorro para su optimización.
f) Marketing empresarial: Estudios de mercado, análisis de oferta y demanda, encuestas, evaluación de satisfacción de la clientela, servicios de geolocalización u otros destinados a evaluar la implantación o a mejorar el posicionamiento del establecimiento comercial en el mercado.
g) Gastos tendentes a definir, mejorar o difundir la identidad corporativa, tales como los derivados del diseño de nombres, marcas y logotipos, el diseño o elaboración de material gráfico y documental de todo tipo (etiquetas, carteles, tarjetas de presentación, folletos, catálogos, envases, embalajes...).
h) Servicios de asesoramiento o consultoría en materia de modernización o promoción comercial, de mejora de la imagen o de asesoramiento laboral y fiscal relacionado con el ejercicio de la actividad.
i) Gastos generados por la implantación o la prestación de servicios técnicos y tecnológicos para la venta y difusión de la actividad comercial a través de Internet o para la mejora de las herramientas de comunicación comercial.
j) Publicidad en radio, televisión, prensa, aplicaciones para teléfonos y smartphone, Internet, blogs y redes sociales u otros apoyos.
k) Gastos derivados de contratos de suministro de energía, agua, alarma, teléfono o Internet específicamente referidos al establecimiento comercial.
l) Gastos derivados de la obtención de certificaciones oficiales en materia de igualdad o como entidad colaboradora en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, o cualesquiera análogos, siempre que sean de carácter oficial.
m) Cuotas de seguros de responsabilidad civil del local comercial derivadas del ejercicio de la actividad comercial, aportando la póliza o documento justificativo en que conste el periodo y cuantía del contrato emitido por la compañía aseguradora, junto al documento bancario que lo acredite.



La ayuda mínima a solicitar es a partir de 500 € y la cuantía máxima a solicitar es de 3.000 €.



En caso que la persona solicitante esté dada de alta en dos o más epígrafes de las actividades del IAE y en la misma dirección, cuando alguna de ellas no esté comprendida en esta convocatoria, salvo prueba en contrario, se hará un prorrateo de los gastos aportados entre los epígrafes comprendidos.



Solo podrá presentarse una solicitud de ayuda por persona física o jurídica, sociedad limitada, cooperativa, sociedad civil o comunidad de bienes legalmente constituidas y otras entidades sin personalidad jurídica, y para un único establecimiento. Base 5.3.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 25.5 de la Ley General de Subvenciones.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
6 meses.
Art. 25.4 de la Ley General de Subvenciones. Art. 20.5 de la Ordenanza General de Subvenciones.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona física o, realizándose en nombre de una persona jurídica, NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

010- Ext.5702-4751-4743-4750-4751

Legislación
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 23/02/2024, por el que se aprueba la convocatoria destinada a las ayudas a nuevos comercios y consolidación de los existentes en la ciudad de València 2024
  • Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València, aprobada por Acuerdo plenario de fecha 28 de julio de 2016 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el 2 de noviembre de 2016 (OGS).
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).
  • Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (RGS).
  • Reglamento (UE) 1407/2013, de 18 de diciembre, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013).
  • Bases de ejecución del presupuesto municipal del Ayuntamiento de València de 2024
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
Oficinas de información
  • SERVICIO DE COMERCIO Y MERCADOSPlaza del Mercado, 6-BJ 46001 ValènciaTel.: 96.352.54.78, 96.208.57.02, 96.208.47.43, 96.208.47.50, 96.208.47.51Atención al público: de 9:00 a 13:30 horas.
Oficinas para presentar
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: de Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
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