El objeto de esta convocatoria es subvencionar proyectos de mejora de la competitividad e innovación en el sector comercial y de servicios de la ciudad de Valencia con la triple finalidad de modernizar y renovar las infraestructuras y equipamientos, la digitalización e innovación tecnológica así como la eficiencia energética, promoviendo de esta forma la sostenibilidad del sector.
Autónomos, pymes, personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que dispongan de un local en la ciudad de Valencia abierto al público a nivel de calle o en centros comerciales, con licencia municipal, (están exentos los locales que estén amparados en una licencia superior) a nombre del solicitante que venda sus productos/servicios directamente al consumidor y cuyo epígrafe de actividad figure en la siguiente lista:
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Grupo/Epígrafe I.A.E. |
Descripción |
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641 |
Comercio minorista de frutas y verduras |
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642 |
Comercio minorista de carne, aves, conejos, huevos y caza |
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643 |
Comercio minorista de pescado |
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644 |
Comercio minorista de pan, pasteles, confitería y lácteos |
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645 |
Comercio minorista de vinos y bebidas |
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647.1 |
Comercio menor de productos alimenticios y bebidas |
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647.2 |
Comercio menor de productos alimenticios en menos de 120 m” |
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651 |
Comercio menor de productos textiles, confección, calzado, piel y cuero |
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652.2 |
Comercio al por menor de productos de droguería y perfumería |
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652.3 |
Comercio al por menor de productos perfumería y cosmética, higiene y aseo personal |
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652.4 |
Comercio al por menor de plantas y hierbas, herbolarios |
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653 |
Comercio menor de artículos para equipamientos de hogar y construcción |
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654.1 |
Comercio minorista de vehículos terrestres |
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654.2 |
Comercio minorista de accesorios y recambios de vehículos |
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654.6 |
Comercio minorista de cubiertas, bandas y cámaras de aire |
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656 |
Comercio minorista de bienes usados |
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657 |
Comercio minorista de instrumentos de música y accesorios |
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659 |
Otro comercio al por menor |
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971 |
Lavanderías y tintorerías |
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972 |
Peluquerías y salones de belleza |
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973.1 |
Servicios fotográficos |
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973.3 |
Servicios de copias, documentos, máquinas fotocopias |
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975 |
Servicios de enmarcación |
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979.2 |
Adorno de templos y otros locales |
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979.4 |
Adiestramiento y cuidado de animales |
- Sólo podrá presentarse una solicitud de ayuda por persona física o jurídica, solo por un local comercial
- En caso de personas jurídicas que compartan administrador, solo se admitirá la primera solicitud presentada
- Si una solicitud es presentada a nombre de persona física no podrá solicitarla también como persona jurídica
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 apartados 2º y 3º LGS y no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Valencia
- Los autónomos y administradores de personas jurídicas (no inscritas) deben estar incluidos en el sistema RETA de Seguridad Social
- Permanencia de alta en la actividad durante todo el año 2026
Las obligaciones de las personas beneficiarias están recogidas en el artículo 14 LGS y artículo 11 de la OGS del Ayuntamiento de Valencia
El plazo de solicitud será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Publicación BOP: 11 de marzo de 2026, Boletín número 48
Plazo de solicitud: del día 12/03/2026 hasta el 31/03/2026 ambos inclusive.La solicitud presentada en esta Sede Electrónica, se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación correspondiente.
- Anexo Declaración responsable de becas, premios y subvenciones
- Anexo Memoria descriptiva de actividades realizadas
- Anexo Cuenta Justificativa
- Certificado de situación censal actualizado:
en el que conste la fecha de alta de la actividad, el epígrafe y el domicilio de la actividad.
- Facturas con justificantes bancarios de pago:
comprendidos entre el 1 de abril de 2025 hasta la fecha de presentación de la solicitud.
- Fotografía de la fachada del local
- Licencia o declaración responsable de la actividad del local:
excepto los locales que estén amparados por una licencia global (centros comerciales, grandes superficies, etc…)
- Certificado de titularidad bancaria actualizado de la persona solicitante con IBAN completo.
- En caso de persona jurídica, escritura de constitución o estatutos y acreditación de los poderes de la persona administradora
- Informe de Vida Laboral actualizado de la persona interesada
GASTOS SUBVENCIONABLES
1. Modernización y Mejora de Infraestructuras y Equipamiento:
- Obras de reforma y adaptación: Obras en la sala de ventas, aseos y elementos de acceso para mejorar la imagen y funcionalidad del establecimiento. Se excluyen las obras de oficinas y almacenes.
- Eliminación de barreras arquitectónicas: Adaptaciones para garantizar la accesibilidad universal a personas con movilidad reducida.
- Adquisición de mobiliario: Compra de nuevo mobiliario para la sala de ventas, expositores, vitrinas, y elementos de rotulación exterior e interior y toldos exteriores.
- Instalaciones de Modernización de sistemas de iluminación, climatización y seguridad (alarmas, cámaras de videovigilancia, excluido las cuotas de mantenimiento).
2. Digitalización e Innovación Tecnológica
- Implementación o mejora de plataformas de comercio electrónico: Desarrollo de tiendas online propias o integración en marketplaces.
- Software de gestión integral (ERP):
- - Adquisición e instalación de programas para la gestión de inventario, ventas, clientes (CRM) y contabilidad.
- - Implantación del programa Verifactu.
- - Implantación de Click & Collect (Recoger en tienda)
- Equipamiento informático: Compra de ordenadores, TPVs (terminales de punto de venta), impresoras y otros periféricos necesarios para la gestión digital. Se excluyen las tablets y los teléfonos móviles.
- Sistemas de pago electrónico: Adquisición de datáfonos y terminales que permitan diversas formas de pago.
3. Eficiencia Energética y Sostenibilidad:
- Auditorías energéticas: Realización de estudios para identificar puntos de mejora en el consumo energético.
- Instalación de iluminación LED: Sustitución de sistemas de iluminación por tecnologías más eficientes.
- Renovación de equipos de climatización: Adquisición de aparatos de aire acondicionado o calefacción de alta eficiencia energética.
- Aislamiento térmico: Mejoras en fachadas, cubiertas y ventanas para reducir la pérdida de energía.
CUANTÍA
El gasto total mínimo subvencionable será de 1.000 € excluidos los impuestos, no pudiendo exceder de 3.000 €.
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Realizar la solicitud en línea con firma digital
Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.
Si la solicitud se realiza en nombre de una persona física o, realizándose en nombre de una persona jurídica, NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)
- Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
- Confirme los datos, firme y presente la solicitud.
En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.
010
962085702 / 962084751 / 962084750
- Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València, aprobada por Acuerdo plenario de fecha 28 de julio de 2016 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el 2 de noviembre de 2016 (OGS).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).
- Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (RGS).
- Reglamento (UE) 2023/2831, de 13 de diciembre, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE-L-2023-81820).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
Servicio de Comercio y Mercados
Plaza del Mercado, 6
46001 València
010/962085702 / 962084751 / 962084750
- SERVICIO DE COMERCIO Y MERCADOSPlaza del Mercado, 6-BJ 46001 ValènciaTel.: 96.208.57.02, 96.208.47.50, 96.208.47.51Atención al público: de 9:00 a 13:30 horas.