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AD.IS.60 |
Subvencionar proyectos que tengan como finalidad el fomento de la educación y la cultura de la transparencia y el gobierno abierto en la ciudad de València.
PUBLICACIÓN SUBSANACIÓN TABLÓN DE EDICTOS: 05/07/2021.
Plazo de subsanación: del 06/07/2021 al 19/07/2021. Podrá realizarla a través del trámite: Aportación de documentación a solicitudes/expedientes ya en trámite por el Ayuntamiento.
- Asociaciones y entidades no lucrativas, inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de València (https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/WEB_ASSET_CRG_0141?lang=1) con anterioridad al plazo de presentación de solicitudes de esta subvención y que cumplan la obligación contenida en el artículo 54 del Reglamento Municipal de Transparencia y Participación Ciudadana en cuanto a la notificación al registro de cualquier modificación de los datos que contiene.
- Centros educativos de cualquier nivel ubicados al término municipal de València (Infantil, Primaria y Secundaria), incluidos los centros de educación especial, de enseñanzas post obligatorias (Bachillerato, ciclos formativos de Formación Profesional, Formación Profesional Básica ), universidades, institutos tecnológicos y centros de investigación de que dependan, y centros de educación de personas adultas.
Además de los requisitos exigidos en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València, las entidades beneficiarias tendrán que cumplir los requisitos siguientes:
- Desarrollar directamente las actividades subvencionables en el municipio de València.
- Haber justificado correctamente cualquier subvención otorgada por el Ayuntamiento de València que les haya sido concedida con anterioridad o reintegrar, si hace falta, los fondos no justificados.
- Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con todas las administraciones públicas y también con la Seguridad Social. No tener ninguna deuda pendiente con el Ayuntamiento de València.
- Disponer de medios y capacidad suficiente para la ejecución del proyecto o actividad por la cual se solicita la subvención.
Las entidades beneficiarias no podrán incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de subvenciones.
Plazo de solicitud: del día 18/05/2021 hasta el 16/06/2021 ambos inclusive.
- La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en la web municipal y en el Boletín Oficial de la Provincia de València.
- El plazo para presentar las solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de València (BOP).
- En conformidad con los artículos 14.2 y 16 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común y de las administraciones públicas, las entidades solicitantes están obligadas a presentar telemáticamente las solicitudes en la sede electrónica del Ayuntamiento de València, con el trámite normalizado disponible en la mencionada sede.
- Al finalizar el plazo de presentación de solicitudes, el servicio gestor expondrá al público en el tablón de edictos electrónico municipal aquellas con falta de documentación.
- De ninguna forma será enmendable la no existencia del proyecto y/o el presupuesto (según apartado 5.2 de esta convocatoria).
- Se dispondrá de un plazo de diez días hábiles a partir de la publicación en el tablón de edictos electrónico municipal, para que enmienden los documentos incompletos, con indicación que si no lo hacen se los considerará por desistidos, previa resolución que será dictada en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica. Se cumplimentará, firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.
- Declaración responsable (anexo I):
Documento del apartado "Impresos" para descargar, rellenar y adjuntar en este mismo trámite.
- Dossier del proyecto (anexo II):
Documento del apartado "Impresos" para descargar, rellenar y adjuntar en este mismo trámite.
Respecto al documento del apartado Impresos denominado "Descripción detallada de la actividad (del anexo 2)", se aportará uno por cada actividad.
- Presupuesto detallado (anexo III):
Documento del apartado "Impresos" para descargar, rellenar y adjuntar en este mismo trámite.
- En caso de no autorizar expresamente, Certificado al corriente con S. Social (TGSS):
En caso de autorizar, se recomienda tramitarlo electrónicamente y presentarlo.
- En caso de no autorizar, certificado de estar al corriente con la AEAT:
En caso de autorizar, se recomienda tramitarlo electrónicamente y presentarlo.
- Además, los Centros Educativos tendrán que acreditar la personalidad jurídica y la capacidad, así como su representación, presentando::
- CIF
- Escritura de Constitución
- Estatutos
- Documento que acredite la representación
En conformidad con los artículos 14.2 y 16 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común y de las administraciones públicas, las entidades solicitantes están obligadas a presentar telemáticamente las solicitudes en la sede electrónica del Ayuntamiento de València, con el trámite normalizado disponible en la mencionada sede.
El plazo para presentar las solicitudes será de 30 días naturales a contar del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de València (BOP).
JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES DE AÑOS ANTERIORES (2019, 2020): La justificación de las subvenciones concedidas en años anteriores, se puede presentar en el plazo máximo de dos meses, desde la finalización del periodo para la realización de la actividad (Anexos 5 y 6 disponibles en apartado IMPRESOS).
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Realizar la solicitud en línea con firma digital
Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
- Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
- Rellene el formulario
- Adjunte la documentación requerida
- Presente y firme la solicitud
Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.
962 081 843
- Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2.006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2.003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Acuerdo de aprobación de la convocatoria de subvenciones 2021.
Para información adicional o consultas sobre la convocatoria se dispone del correo electrónico sgovernobert@valencia.es. También se puede llamar al 962 081 843.
En conformidad con los artículos 14.2 i 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de les Administracions Públiques, las entidades solicitantes están obligadas a la presentación telemática de las solicitudes en la sede electrónica del Ayuntamiento de Valencia, con el trámite normalizado disponible en la mencionada sede.