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Subvenciones para la realización de proyectos de Educación para el Desarrollo y la Ciudadanía Global 2023
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
BS.PN.40
Descripción

Concesión de subvenciones por parte del Ajuntament de València para la realización de proyectos de Educación para el Desarrollo y la Ciudadanía Global y Sensibilización, a desarrollar en la ciudad de València.

Desde la perspectiva de la solidaridad y la promoción del desarrollo sostenible, las subvenciones se destinan a fomentar la iniciativa de las ONGD para construir una ciudadanía crítica, global y consciente sobre las desigualdades mundiales y la relación de poder entre los Países del Norte y del Sur.

Las propuestas presentadas al Ajuntament de València, deberán alinearse con las líneas estratégicas establecidas en el Plan Municipal de Cooperación Internacional para el Desarrollo 2019-2022 aprobado por Pleno el 27 de septiembre de 2018, y prorrogado por acuerdo del Pleno del Consejo de Cooperación a fecha 9/11/2022, entre las que cabe mencionar:

- Orientar la política de cooperación hacia procesos de desarrollo en medio y largo plazo con un decidido enfoque basado en derechos.

- Fomentar la solidaridad como motor de las políticas de cooperación, profundizando en el Enfoque Sur

- Fomentar la participación, la corresponsabilidad y la generación de redes ciudadanas para la transformación social.

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EDICTO REQUERIMIENTO SUBSANACIÓN SOLICITUDES CONVOCATORIA EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO Y LA CIUDADANÍA GLOBAL 2023: PUBLICACIÓN EN TABLÓN DE EDICTOS 08/09/2023

PARA EL TRÁMITE DE SUBSANACIÓN (DEL 11/09/2023 AL 22/09/2023): se podrá aportar accediendo al expediente correspondiente a través de Carpeta Ciudadana o a través del trámite Aportación de documentación a solicitudes/expedientes ya en trámite por el Ayuntamiento.

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo actividades en materia de Educación para el Desarrollo y la Ciudadanía Global y que cumplan con los requisitos establecidos.

Requisitos

a) Estar formalmente inscrita, como mínimo dos años (Modalidad I), y un año (Modalidad II) en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunidad Valenciana o, en su defecto, en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), antes de la publicación de esta convocatoria en el BOP.

b) Carecer de fines de lucro.

c) Disponer de sede social o delegación en el municipio de València.

Dicha sede o delegación asumirá la responsabilidad en todo lo relacionado con la ejecución del proyecto, para lo cual designará una persona representante que actuará como interlocutora con el personal técnico y administrativo del Ajuntament de València.

Para el caso de las ONGD vinculadas a organizaciones sindicales, la dotación de personal permanente y voluntario podrá estar compuesta, además de por el personal contratado, por las personas afiliadas y/o delegadas sindicales que desarrollen de forma habitual la actividad de la entidad. En este caso, se sustituye el requisito de disponer de personal voluntario vinculado a la entidad, por las personas afiliadas y/o delegadas sindicales (que aportan el 0’7% de su cuota sindical a acciones de cooperación internacional). Con ello, se cumple el objeto de este requisito, que es priorizar la concesión de subvenciones a las organizaciones de desarrollo que tengan una amplia base social, presencia y estructura en la ciudad y contribuir a la promoción de la solidaridad internacional y a la revitalización del tejido asociativo local y la participación ciudadana.

A efectos de la consideración de personal voluntario de las organizaciones, no tendrá esta consideración el personal de las Juntas Directivas o Patronatos.

d) Tener experiencia y capacidad operativa en la realización, individualmente o en agrupación, de proyectos de sensibilización y educación para el desarrollo.

e) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Ajuntament de València y con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones por reintegro de subvenciones otorgadas por el Ajuntament, en su caso.

f) Haber justificado con anterioridad a la finalización del plazo de subsanación, cualquier subvención otorgada por el Ajuntament de València. Se entenderá cumplido este requisito cuando las entidades hayan presentado en tiempo y forma los correspondientes informes de justificación o se encuentren en alguna de las siguientes situaciones con respecto a las convocatorias de subvenciones anteriores:

- No haber finalizado el plazo de justificación atendiendo a las bases de concesión de las subvenciones anteriores.

- Haberse resuelto positivamente la ampliación del plazo para justificar.

- En el supuesto de que alguna ONGD haya procedido al reintegro total o parcial de una subvención por incumplimiento de Bases o por no haber podido ejecutar el proyecto, se entenderá debidamente justificada.

g) Los previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

h) No serán admitidos los proyectos presentados por entidades que se encuentren en procedimiento de reintegro por vía ejecutiva.

i) En caso de concurrir a las convocatorias en agrupación de entidades, cada una de ellas deberá cumplir los requisitos anteriormente mencionados y presentar toda la documentación, siendo necesario que aporten un convenio en el que se recoja el porcentaje de participación de cada entidad en el proyecto, los derechos y obligaciones de cada agente participante, el sistema de gestión del presupuesto y de resolución de conflictos, citando expresamente el régimen de responsabilidad por el proyecto. Todas las entidades de la agrupación tendrán la consideración de beneficiarias y deberán nombrar una persona como representante o apoderada única con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que como beneficiaria correspondan a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción contemplado en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuándo solicitarlo

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.

Publicación del extracto en el BOP: Viernes 21 de julio de 2023 - Boletín Nº 141


Plazo de solicitud: del día 22/07/2023 hasta el 10/08/2023 ambos inclusive.
Documentación a presentar

La solicitud deberá ser presentada por medios electrónicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el formulario de presentación se deberá indicar la modalidad de subvención a la que se concurre. Si se desea optar a las dos modalidades previstas en la convocatoria, deberá presentarse una solicitud para cada una de ellas.

Las entidades solicitantes deberán utilizar obligatoriamente los códigos asignados a todos los documentos a presentar. Estos códigos deberán encabezar los nombres de los ficheros que se aporten.

Se recomienda, siempre que sea posible, incluir enlaces a documentos para su consulta on-line sustituyendo así la entrega de documentación al Ajuntament de València. Las referencias para la consulta de documentos en páginas y servidores web deberá contener el enlace directo con el documento citado. No se recomiendan enlaces a Facebook ni a redes sociales. Si el enlace llevara a páginas web generales donde sea necesario buscar el documento, o a redes sociales de difícil lectura, se tendrá por no presentado el documento referenciado.

Documentación para todos los casos:
  • ES.1. Última Memoria de Actividades aprobada de la entidad solicitante
  • ES.2. Actividades realizadas durante el último año natural anterior a la convocatoria:

    en la que deberán quedar especificadas las actuaciones en materia de cooperación, formación, sensibilización y educación para el desarrollo, llevadas a cabo en el municipio de València.

  • ES.3. Estado contable de la entidad solicitante e ingresos del ejercicio correspondiente a las últimas cuentas aprobadas, que incluirá un balance de operaciones y fuentes de financiación
  • ES.4. Organigrama de la Entidad solicitante en el municipio de València:

    incluyendo nombres del personal responsable de la gestión del proyecto y designación de la persona que actuará como interlocutor/a ante el Ajuntament para estos temas. Así mismo se incluirá la relación de las personas voluntarias en la ciudad de València y sus funciones dentro de la organización.

  • ES.5. Certificado de apertura de la sede/delegación en el municipio de València
  • ES.6. Estatutos de la Entidad solicitante o, en su caso, declaración responsable:

    en los que figure el domicilio social de la misma, en el caso de no haber sido presentada en anteriores convocatorias o de haber sufrido alguna modificación. Si se hubiese presentado en anteriores convocatorias sin haber sufrido modificación posterior, se sustituirá dicho documento por un escrito donde se especifique esta circunstancia.

  • ES.7. Inscripción en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la C. Valenciana o, en su defecto, en el registro de la AECID, o en su caso, declaración responsable:

    si se hubiese presentado en anteriores convocatorias se sustituirá dicho documento por un escrito donde se especifique y se haga constar que la entidad continúa inscrita en dicho registro.

  • ES.8. Tarjeta de identificación fiscal o, en su caso, declaración responsable:

    si se hubiese presentado en anteriores convocatorias se sustituirá dicho documento por un escrito que lo especifique. Igualmente deberán presentar este documento aquellas entidades que hayan visto modificado su número de identificación fiscal.

  • ES.9. Certificado de la representación legal de la entidad, en el que se detalle la relación de proyectos ejecutados en el ámbito de la Sensibilización y la Educación para el desarrollo:

    certificado de quien ostente la representación legal de la entidad, en el que se detalle la relación de proyectos ejecutados en el ámbito de la Sensibilización y la Educación para el desarrollo, con especificación de: nombre del proyecto, entidades financiadoras (públicas/privadas), año de concesión, duración el proyecto e importe subvencionado.

  • ES.10. Certificado de quien ostente la representación legal de la entidad, en donde se haga constar el trabajo en red que se desarrolla con otras organizaciones en el municipio de València:

    así como la descripción del grado de participación e implicación en ellas.

  • ES.11. Convenio formalizado, en el caso de tratarse de una agrupación de varias entidades para la realización de un mismo proyecto:

    en el que se recoja el porcentaje de participación de cada entidad en el proyecto, los derechos y obligaciones de cada agente participante, el sistema de gestión del presupuesto y de resolución de conflictos, citando expresamente el régimen de responsabilidad por el proyecto de acuerdo a lo establecido en el apartado j de la cláusula 6. Así mismo las entidades que concurran de forma agrupada, entendiendo que ambas son entidades solicitantes, deberán aportar toda la documentación exigida en la convocatoria.

  • ES.12. Anexo I. Descripción Técnica, totalmente cumplimentada:

    el modelo para cumplimentar este Anexo I se descargará del apartado "Impresos" de este trámite.

  • ES.13. Anexo II. Descripción Económica, totalmente cumplimentada:

    el modelo para cumplimentar este Anexo II se descargará del apartado "Impresos" de este trámite.

  • ES.14. Anexo III Declaración responsable y autorizaciones de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante:

    el modelo para cumplimentar este Anexo III se descargará del apartado "Impresos" de este trámite.

  • ES.15. Información económica: presupuesto detallado:

    se incluirán únicamente los gastos e ingresos que supongan transacciones monetarias. El presupuesto estará desglosado por partidas y actividades, en formato de datos tipo Excel o compatible según modelo correspondiente. Dicha estructura económica presupuestaria deberá ser respetada en cuantas justificaciones e informes se realicen. El presupuesto detallado deberá contener el conjunto de financiación necesaria para la ejecución del proyecto a subvencionar - que se entiende como una unidad - especificando el resto de aportaciones propias, públicas o privadas, e identificando a todas las partes cofinanciadoras del proyecto. Se aportará resolución de la concesión si se trata de una subvención, con especificidad de las fechas de ejecución del proyecto y aportación de cronograma, presupuesto y documento técnico.

  • ES.16. Documento de proyecto técnico que deberá contener lo establecido en el apartado 11.1 y dar respuesta a los criterios de valoración descritos en las tablas de ponderación:

    la extensión máxima de este documento será de 60 páginas, con tipo de fuente: Arial 11 e interlineado exacto en 15 puntos. En aquellos casos en que se exceda la extensión señalada sólo serán objeto de evaluación las 60 primeras páginas del documento, no siendo tomada en cuenta toda la información contenida en las páginas que excedan esta limitación.

    Será necesario seguir el índice indicado en las Bases de la Convocatoria.

  • ES.17. ANEXOS: Información adicional o cualquier otro anexo, relacionado con el proyecto de interés, que complemente la información:

    los anexos que se presenten para complementar el proyecto, deberán codificarse como ES17_1. el primero, ES17_2. el segundo y así sucesivamente.

    Los anexos presentados no podrán sustituir la información incluida en el documento técnico del proyecto (ES_16) que será la fuente principal para la valoración del proyecto, siendo los anexos al mismo una información únicamente complementaria.

    Los anexos no podrán sustituir en ningún caso la información que debe contener los apartados anteriores del índice del proyecto. No se valorarán ni considerará aquella información que no se encuentre en el documento técnico del proyecto siendo los anexos únicamente información complementaria de aquella y que deberá estar adecuadamente referenciada en aquella.

    Cada anexo deberá incluirse en un único PDF. En el caso de incluirse varios anexos en un mismo fichero deberá incluirse obligatoriamente un índice con la indicación de la paginación de cada uno de ellos en el fichero.

Información Complementaria

Las entidades interesadas en presentarse a esta convocatoria de subvención, deberán presentar junto con la solicitud, los documentos e informaciones precisos para acreditar las circunstancias que deban concurrir en las entidades beneficiarias y los méritos o circunstancias a valorar en el procedimiento de concesión, salvo que los documentos exigidos ya estuviesen en poder de esta Administración, en cuyo caso podrán sustituirse por una declaración responsable en la que se indique la fecha y el órgano o dependencia, en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, o en el que obran, siempre y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.

No obstante lo dispuesto anteriormente, en los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento por parte de esta Administración, se podrá requerir a la entidad solicitante su presentación, o en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

Si en el momento de la presentación de la instancia de solicitud no se han aportado los ANEXOS I y ANEXOS II, formularios técnicos y económicos (ES_12 y ES_13), así como el documento del proyecto (ES_16) y el Presupuesto desglosado por partidas y actividades (ES_15) para el proyecto específico para el cual se solicita subvención, la solicitud no será admitida a trámite.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 24.1 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puesto en relación con el artículo 25.5 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
Hasta 6 meses
Art. 21.2 de la Ley 39/2015. Art. 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

962087604

962082471

962087487

Legislación
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 07/07/2023, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de Proyectos de Educación para el Desarrollo y la Ciudadanía Global 2023
  • Modificación cláusula 10a de la convocatoria (08/01/2024).
  • Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oficinas de información
  • SERVICIO DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y MIGRACIÓNC/ Pou s/n - 46003 ValènciaTel.: 962087604-962082471-962087487De 8.00 a 15.00, de dilluns a divendres
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