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Ayudas para el pago de tasas de certificaciones en idiomas: Valenciano, Inglés, Francés, Italiano, Alemán, Portugués y Chino. VALÈNCIA ACTIVA
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
AE.EM.150
Descripción

El objeto de la convocatoria es la regulación de las ayudas económicas dirigidas a sufragar los gastos de obtención de la acreditación de adquisición de nivel de competencia lingüística A2, B1, B2, C1 y C2 en los idiomas valenciano, inglés, francés, italiano, alemán, portugués y chino, incluyendo además en el idioma valenciano los niveles de Lenguaje administrativo, Corrección de textos y Lenguaje en los medios de comunicación.

Es requisito imprescindible que las pruebas de certificación se hayan realizado en el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y 31 de julio de 2024, ambos inclusive.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas que hayan aprobado las pruebas de certificación de idiomas: valenciano, inglés, francés, italiano, alemán, portugués y chino, en los niveles básico ( A2 ), intermedio ( B1 y B2 ), avanzado ( C1 y C2 ), o equivalentes, e incluyendo además en el idioma valenciano los certificados específicos de “Llenguatge administratiu”, “Correcció de textos”, y “Llenguatge als mitjans de comunicació”, en el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2024, ambos incluidos.

Requisitos

a) Tener 14 años de edad o más en el momento de presentación de la solicitud.

b) Hallarse empadronadas en el municipio de València en la fecha de la aprobación de esta convocatoria por la Junta de Gobierno Local.

c) Haber realizado y aprobado las pruebas de certificación de los mencionados idiomas en el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2024, ambos inclusive.

d) No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València.

e) Haber justificado cualquier subvención que les haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de València, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.

f) No encontrarse incursas en procedimiento de reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento.

g) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS, y, en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Cuándo solicitarlo

El plazo de presentación de solicitudes de concesión de estas ayudas se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, finalizando el día 31 de julio de 2024.

Publicación BOP: 12/03/2024


Plazo de solicitud: del día 13/03/2024 hasta el 31/07/2024 ambos inclusive.
Documentación a presentar

  • Si la solicitud se realiza presencialmente, Impreso de solicitud que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página, acompañado de la documentación que se indica.
  • Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica, se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.


- Documento Nacional de Identidad (DNI), permiso de residencia, tarjeta de identidad de extranjero, pasaporte o permiso de conducir (PNC). Si la persona es mayor de edad y presenta la solicitud por sede electrónica no será preciso aportar este documento.

- En caso que la persona solicitante sea menor de edad (salvo que esté emancipada), en todo caso se aportará DNI/TIE de la persona menor junto con Libro de Familia o justificante documental que acredite la representación. Si la solicitud se presenta por sede electrónica, se deberá seleccionar la opción "Soy representante mediante la presentación de un apoderamiento" y en este caso, no será preciso aportar el documento de identidad del/la representante. En caso de que la solicitud se presente presencialmente, la solicitud se firmará por la persona representante y sí deberá presentar su documentación de identidad.


En ambos casos, en el modelo de solicitud normalizada, los datos del/de la representante legal deberán figurar en el apartado Datos representante y los datos del/la menor de edad en el apartado Datos solicitante.


Documentación para todos los casos:
  • Documento justificativo del pago de la tasa de examen para la que se solicita la ayuda:

    debidamente sellado (no se admitirán sin sello de la entidad perceptora del pago), y debiendo constar en el mismo:

    - los datos de la persona que solicita la ayuda y en cuyo beneficio se efectúa el pago

    - importe abonado en euros

    - concepto del abono por pago de la tasa por derechos de examen

    - idioma y nivel

    - centro examinador

    - fecha de examen

    En el caso de justificantes de pago de las Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI), deberá aportarse la totalidad de las hojas del impreso de matrícula o el resguardo de matrícula debidamente sellado por la entidad, así como el impreso de tasas de matrícula modelo 046 y su justificante de pago. En ningún caso se admitirán impresiones de pantalla o documentos similares.

  • Certificación del nivel de competencia lingüística por el que se solicita la ayuda o si no dispone de ella, declaración responsable:

    (Ver información complementaria).

    En caso de solicitar la ayuda por la tasa de la expedición del título correspondiente a la certificación del idioma y el nivel aprobado en el ámbito de la EOI, además de la documentación recogida en los puntos anteriores, se deberá presentar el resguardo de la solicitud del título debidamente sellado y firmado y la acreditación del pago de la tasa por la expedición del título.

  • Resguardo de la solicitud del título debidamente sellado y firmado y la acreditación del pago de la tasa por la expedición del título:

    (Ver información complementaria).

  • En caso de no autorizar, certificado de estar al corriente con la AEAT
  • En caso de no autorizar, certificado de estar al corriente con el Ayuntamiento de València
  • En caso de no autorizar, certificado de estar al corriente con la TGSS
  • En caso de no autorizar, declaración del IRPF del último ejercicio tributario 2022 o, si no hay obligación de declarar, certificado de imputaciones :

    dicho certificado se puede obtener en este enlace.

Actuaciones a realizar por la persona solicitante
  1. Presentación de la solicitud, junto con la documentación correspondiente.
  2. Consultar la publicación de la lista provisional de solicitudes admitidas y no admitidas donde se indica el motivo, abriéndose un plazo de 10 días hábiles para subsanar documentación.
  3. Una vez finalizado el plazo para subsanar la documentación, se publicará el listado de personas beneficiarias y solicitudes desestimadas, abriendose un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones o documentación que estimen oportuna.
  4. Propuesta de concesión de las ayudas que se publicará en el Tablón de Edictos Electrónicos del Ayuntamiento y en la web www.valenciactiva.es. Las personas beneficiarias deberán presentar junto a la solicitud y documentación requerida, el impreso de “Alta y Mantenimiento en el Fichero de Persones Acreedoras, Cesionarias, Terceras y Personal Propio” dirigida al Servicio de Empleo y Formación, debidamente cumplimentada y firmada y el Certificado acreditativo de la titularidad bancaria donde se efectuará el ingreso de la ayuda.

Información Complementaria

Certificación del nivel de competencia lingüística por el que se solicita la ayuda o si no dispone de ella, declaración responsable:

a) Acreditaciones admitidas.

Con respecto a los certificados y diplomas que acreditan la competencia en lenguas extranjeras, se admiten los incluidos en el Decreto 61/2013, de 17 de mayo, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en Lenguas extranjeras en la Comunitat Valenciana y se crea la Comisión de acreditación de niveles de competencia en Lenguas extranjeras, cuyo Anexo se modificó por Orden 93/2013, de 11 de noviembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, así como disposiciones complementarias en la materia.

Con respecto a los certificados y diplomas que acreditan la competencia el conocimiento en valenciano, se admiten los incluidos en la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se regulan los certificados oficiales administrativos de conocimiento del valenciano de la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià, el personal examinador y la homologación y validación de otros títulos y certificados.

b) Contenido de las certificaciones. (En ningún caso se admitirán impresiones de pantalla o documentos similares).

La certificación deberá contener al menos los siguientes datos: órgano que lo expide, datos del/la alumno/a (nombre y apellidos, DNI, NIE o pasaporte), idioma y nivel, indicación del nivel del Marco Común Europeo de Referencia, fecha de expedición, firma y sello.

A este efecto, en certificaciones “Cambridge” y similares se admitirá el justificante provisional de superación de la prueba emitido por las entidades convocantes, aunque se indique en el propio documento que no se trata de un certificado.

En el ámbito de las EOI para la acreditación de la superación de la prueba de certificación, será suficiente la presentación del resguardo de la solicitud de expedición del título, debidamente sellado por la entidad y firmado por la persona interesada. Asimismo será suficiente la presentación de certificado de notas o certificado académico, el cual puede obtenerse en este enlace.

Si en el momento de presentación de la solicitud no se dispone de la certificación, se aportará declaración responsable en la que se haga constar que se ha superado la prueba por la que solicita la ayuda y su compromiso de aportar la certificación en cuanto sea expedida y, en todo caso, antes de que se formule la propuesta de resolución de concesión de las ayudas.

Si todavía no conoce el resultado de la prueba, se hará constar que adquiere dicho compromiso en el supuesto de que finalmente la apruebe, desistiendo de su solicitud en caso de que no la apruebe. Por tanto, se admitirá la solicitud de concesión de las ayudas por pruebas de certificación que se celebren hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes, inclusive dicho día.

En caso de pruebas de certificación realizadas en varios días, se considerará como fecha de celebración de la prueba y, por tanto, como fecha de superación de la misma, la de la fecha en la que se haya celebrado la última de las partes en las cuales se divida la prueba que forme parte de la certificación.

En caso de solicitar la ayuda por la tasa de expedición del título correspondiente a la certificación del idioma y nivel aprobado en el ámbito de las EOI, además de la documentación recogida en los puntos anteriores, se deberá presentar:

- el resguardo de la solicitud de la expedición del título, debidamente sellado y firmado (no se admitirán sin sello de la entidad perceptora del pago), que deberá contener al menos los siguientes datos: órgano que lo expide, datos del/la alumno/a, idioma y nivel, indicación del nivel del Marco Común Europeo de Referencia, sello y firma de la persona interesada.

- la acreditación del pago de la tasa por la expedición del título: impreso de tasas modelo 046 debidamente cumplimentado y su justificante de pago.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 25.5 de la LGS.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
-
Artículo 25.4 de la LGS
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona física o, realizándose en nombre de una persona jurídica, NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.
  • En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.
Atención telefónica

010 / 962081725

Legislación
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 01/03/2024, por el que se aprueba la convocatoria de las Ayudas para el pago de Tasas de Certificaciones en Idiomas: valenciano, inglés, francés, italiano, alemán, portugués y chino, incluyendo además en el idioma valenciano los certificados específicos: “Llenguatge administratiu”, “Correcció de textos” i “Llenguatge als mitjans de comunicació”.
  • Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y de sus Organismos Públicos, aprobada mediante acuerdo plenario de fecha de 28 de julio de 2016 (en adelante, OGS).
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006 (en adelante, RLGS).
  • Bases de ejecución del Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de València vigentes.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP).
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Decreto 242/2019, de 25 de octubre, de establecimiento de las enseñanzas y del currículum de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana.
  • Decreto 61/2013, de 17 de mayo, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en Lenguas extranjeras en la Comunitat Valenciana y se crea la Comisión de acreditación de niveles de competencia en Lenguas extranjeras.
  • Orden 93/2013, de 11 de noviembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica el anexo único denominado certificados y diplomas que acreditan la competencia en lenguas extranjeras del Decreto 61/2013, de 17 de mayo, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunitat Valenciana y se crea la Comisión de Acreditación de Niveles de Competencia en Lenguas Extranjeras.
  • Orden 6/2011, de 7 de febrero, de la Conselleria de Educación, por la que se regula el procedimiento para la expedición de los certificados de superación de los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial previstos por la Ley Orgánica 2/2006, de Educación (vigente en virtud de la Disposición Transitoria Tercera del Decreto 242/2019).
  • Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se regulan los certificados oficiales administrativos de conocimiento del valenciano de la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià, el personal examinador y la homologación y validación de otros títulos y certificados.
  • Orden 34/2022, de 14 de junio, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan la evaluación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y las pruebas de certificación de los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas en la Comunitat Valenciana.
  • Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universitat de València 156/2018, de 10 de julio, por el cual se establece la Tabla de Equivalencias de Acreditación de Lenguas L2 de la Universitat de València.
  • Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universitat de València 66/2018, de 24 de abril de 2018, certificados de conocimiento de valenciano que expide el Servicio de Política Lingüística de la Universitat de València y las equivalencias de otros títulos, diplomas y certificados.
  • Resolución de 8 de febrero de 2024, del director general de Centros Docentes, por la cual se establecen el calendario y el proceso de inscripción y matriculación para la realización de la prueba unificada de certificación (PUC) en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana, correspondiente a la convocatoria 2024.
  • Cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.
Oficinas de información
  • SERVICIO DE EMPLEO Y FORMACIÓNC/ Amadeu de Savoia, 11 - Nave Oeste, planta 1, 46010 ValènciaTel.: 962 081 725De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
Oficinas para presentar
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: de Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
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