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Bolsa de trabajo (Subgrupo A1): Procurador/a
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
PE.AF.650
Descripción
  • El Ayuntamiento de València convoca una bolsa de trabajo de Procuradores/as (subgrupo A1) para cubrir temporalmente puestos de esta categoría.
  • Las personas incluidas en la bolsa podrán ser nombradas temporalmente para cubrir plazas vacantes, sustituciones o necesidades temporales, de acuerdo con la normativa vigente.
  • Las Bases de las convocatorias y toda la información relativa al proceso de selección (listas de admitidos, tribunales, etc.) pueden consultarse en la página web de Oposiciones / Bolsas de trabajo
¿Quién lo puede solicitar?

Quienes reúnan los requisitos señalados en las bases de cada convocatoria.

Requisitos

Para ser admitido/a a la presente convocatoria por el sistema de nombramiento interino, el personal aspirante tendrá que reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

  • Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilaciónforzosa.
  • Poseer la nacionalidad española o, tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o la de cualquiera de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras en los términos en que ésta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea; ser cónyuge de los/las españoles/as y de lasPágina 3 de 35 y los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho, o ser sus descendientes o los de su cónyuge menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
  • Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las funciones de los puestos de trabajo afectados.-
  • No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio decualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio defunciones públicas.
  • Hacer efectivo el pago de la tasa correspondiente.
  • Estar en posesión del título de Licenciatura o Grado en Derecho, o equivalente (o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias), que a continuación se detalla, en todo caso la equivalencia tendrá que ser acreditada por la persona aspirante. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por la persona aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
  • De conformidad con lo señalado en el extremo 24 de la vigente Relación de Puestos de Trabajo, para las profesiones reguladas que requieran colegiación, se exigirá la titulación determinada por el colegio profesional correspondiente para el ingreso en el mismo, en este caso, el título profesional de procurador de los tribunales, máster universitario de procura y título habilitante para el ejercicio de la procura.

Para ser admitido/a a la presente convocatoria por el sistema de mejora de empleo, el personal aspirante tendrá que reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, además de los requisitos exigidos en el apartado anterior, ser funcionario/a de carrera del Ayuntamiento de Valencia.

Cuándo solicitarlo

El plazo de presentación de instancias será de 20 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de las bases en el tablón de edictos y en la página web municipal.

PUBLICACIÓN BOP: 17/09/2026 Boletín nº 179


Plazo de solicitud: del día 18/09/2026 hasta el 19/10/2026 ambos inclusive.
Documentación a presentar

  • La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica. Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.
  • No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no obtenidos, ni justificados ni presentados correctamente dentro del plazo de presentación de instancias.
  • Las personas aspirantes se responsabilizan expresamente de la documentación aportada. En caso de falsedad o manipulación en algún documento, podrán decaer en el derecho a participar en esta convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiere lugar.
  • Tanto la documentación como el índice deben aportarse debidamente ordenados cronológicamente.

Documentación para todos los casos:
  • DNI
  • Titulación académica y profesional exigida
  • Documento índice de los méritos y la documentación acreditativa de los mismos
Tasas
Tasa

Importe: 46,87 euros.

Derecho a bonificaciones según se contempla en el Art. 6 de la Ordenanza.


Ordenanza reguladora de la Tasa por prestación de servicios administrativos en Pruebas y Expedientes de Selección de Personal

El modelo de autoliquidación asociado a esta tasa es el A708 - Tasa por prestación de los Servicios Administrativos en pruebas y expedientes de Selección de Personal.
Puede simular la autoliquidación aquí.

Actuaciones a realizar por la persona solicitante
  • La instancia solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirá a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Valencia, presentándose por registro electrónico.
  • En la instancia se deberá señalar el turno por el que se opta, mejora de empleo o de interinidad.
  • La presentación electrónica de la instancia requerirá el cumplimiento sucesivo de los siguientes pasos:

- La cumplimentación e inscripción en línea.
- El pago electrónico de la tasa correspondiente.
- El rgistro electrónico de la solicitud

  • El personal participante podrá sujetarse a las bonificaciones establecidas en el art. 6 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios administrativos en pruebas y expedientes de selección de personal del Ayuntamiento de Valencia.

Información Complementaria

Los méritos se valorarán según las bases.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 24.1 y 24.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
hasta 6 meses
Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en la Ley 29/98, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

  • Cumplimente el formulario.
  • Adjunte la documentación requerida (el curriculum vitae, la documentación acreditativa y el certificado de su administración de origen, en su caso). Puede hacer uso, del enlace “Documentación adicional”, en el caso de aportar más de un archivo.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

010

96 352 54 78 Extensiones: 4814,4844, 4851, 4853, 5708, 5708, 4810, 4821 y 4854.

Legislación
  • 👉 Bases de la convocatoria para la constitución de bolsa de trabajo de Procurador/a para nombramientos provisionales por mejora de empleo e interinidad.
  • Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma para la Función Pública, en lo que resulte vigente.
  • Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.
  • Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, con carácter supletorio.
  • Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana.
  • Decreto 3/2017, de 13 de enero del Consell, por el que aprueba el Reglamento de Selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la Función Pública Valenciana.

Dónde dirigirse

010

96208 Extensiones: 4814,4844, 4851, 4853, 5708, 5708, 4810, 4821 y 4854.

Web municipal: www.valencia.es y tablón de edictos.

Oficinas de información
  • SERVICIO DE ACCESO AL EMPLEO PÚBLICO Y CARRERA PROFESIONALC/ Sangre, 5Tel.: 4814, 4844, 4851, 4853, 5708, 4815, 5730, 4810, 4821 y 48548:30 a 14:00
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